El debate migratorio que enfrenta al gobierno con la oposición

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Foto referencial.

El principio de "no devolución" y los requisitos para acceder a los beneficios sociales del Estado son las principales diferencias entre ambos sectores.


La discusión en particular del proyecto de Ley de Migración ha sido un verdadero dolor de cabeza para el gobierno y ha desatado, tal vez, las principales contiendas legislativas con la oposición.

Las diferencias entre ambos sectores comenzaron apenas se inició la segunda presidencia de Sebastián Piñera, luego de que el Mandatario decidiera reflotar el proyecto de ley que presentó en 2013, durante su primera administración, y desechara la propuesta ingresada por la Presidenta Michelle Bachelet en 2017.

Dado el fenómeno migratoria que ha experimentado Chile en los últimos años, desde el oficialismo criticaron el lento actuar que el gobierno anterior habría tenido en la materia. En abril, desde La Moneda se impulsaron nuevos visados que hicieran frente a la situación, al tiempo que las mediciones oficiales estimaban la presencia de un millón de extranjeros en el país.

Sin embargo, los principales desacuerdos ocurrieron una vez el proyecto de migración ingresó a su primer trámite legislativo, en la Comisión de Gobierno Interior.

Allí quedaron claras las diferencias entre ambos sectores.

El primer enfrentamiento llegó el reciente 11 de julio, luego de que la oposición levantara una indicación relativa al principio de no devolución, la cual impide la expulsión de extranjeros en casos de riesgo a la integridad física y la libertad personal en su país de origen. El segundo, en tanto, ocurrió el miércoles, al ser rechazada la limitación de dos años de residencia en el país que La Moneda pretendía imponer a los inmigrantes para recibir beneficios sociales financiados 100% por las arcas fiscales.

Desde el gobierno se opusieron enfáticamente a ambos cambios, y más que dar por superados los episodios, advierten su intención de frenar esos cambios, tanto en la sala de la Cámara como en el Senado. Incluso, ya han esbozado con acudir al Tribunal Constitucional de materializarse esas variaciones en la futura ley.

Cuatro claves de los derechos sociales para extranjeros

Los 47 beneficios a los que foráneos pueden optar

El Estado, a través de 13 ministerios, tiene disponibles 333 programas sociales para todos los habitantes de Chile.

El rechazo en la Comisión de Gobierno del Congreso del inciso segundo del artículo 12 de la indicación sustitutiva del proyecto de Ley de Migración, que establecía que un extranjero deberá residir al menos dos años en el país para acceder a beneficios sociales, generó malestar en el Ejecutivo. Allí consideran que el rechazo de ese punto implica que los extranjeros podrán acceder a los beneficios sin restricciones de permanencia en el país, cumpliendo los demás requisitos legales.

Pero ¿cuántos y cuáles son esos beneficios? Se trata de 47 programas sociales a los que pueden acceder. De estos, 37 requieren que el beneficiario tenga vigente el Registro Social de Hogares, la exficha de protección social.

Los beneficios van desde el Aporte Familiar Permanente (Bono Marzo) hasta programas de acceso, microfinanciamiento y educación financiera, pasando por otros como el subsidio a la calefacción en Aysén, subsidio al pago de agua potable, el bono por control del niño sano, Programa de Formación y Capacitación (Profocap) y Programa de Desarrollo de Competencias Laborales para Mujeres, entre otros.

Requisitos para acceder a programas de apoyo

Al menos 37 de los 47 beneficios a los que pueden acceder actualmente los extranjeros requieren que el beneficiario esté inscrito en el Registro Social de Hogares.

Según el sitio web del Ministerio de Desarrollo Social, "pueden ser parte del Registro Social de Hogares todos los hogares en el país con integrantes que cuenten con Rol Único Nacional (RUN) o carné de identidad vigente, independiente de su condición socioeconómica o nacionalidad".

Para que un extranjero acceda a tener cédula de identidad, primero debe conseguir un contrato de trabajo y con él postular ante el Departamento de Extranjería para obtener un permiso de trabajo. En paralelo se debe presentar, ante el mismo organismo, con una visa temporaria, la que se entrega junto con el Rol Único Nacional. El proceso demora, en promedio, un año, desde que se inician los trámites.

Los beneficios de salud y educación preescolar, básica y media son de acceso universal, incluso para migrantes en condición migratoria irregular, por lo que respecto de ellos no hay restricción de acceso.

En el caso de subsidios habitacionales, la normativa establece que los extranjeros pueden acceder a ellos una vez cumplidos los dos años desde que se obtiene el RUN.

Chile y la convalidación de títulos profesionales

Cerca de un millón de extranjeros residen en Chile, población que desde la Organización Internacional de Migraciones (OIM), de las Naciones Unidas, estiman crecerá entre un 14% a 15% para 2040, "muy similar a la de Francia", explica el asesor jurídico del organismo en Chile, Jaime Esponda. El organismo advierte que si bien los flujos migratorios en el país son "pequeños en comparación con los estándares internacionales, y perfectamente gobernables, sabemos que es el país de América Latina donde mayor crece la inmigración".

Esponda agrega que "la clave está en la cooperación internacional" y en mantener una migración regulada y segura, materias que, señala, está desarrollando el país.

Agrega que "a raíz del drama humanitario en Venezuela, Brasil y Perú, Chile también se ha visto impactado, con la diferencia de que aquí se reciben profesionales; en Perú y Brasil reciben a los sectores más pobres, por lo tanto, las respuestas deben ser diferentes. Chile debiera aprovechar esta población profesional que recibe de Venezuela y que, lamentablemente, tiene graves problemas para convalidar sus títulos. En ese sentido, la OIM favorecería una solución destinada a "agilizar la posibilidad de autorizar el ejercicio profesional de esas personas", señala.

Convenios internacionales y la definición de "derecho"

De acuerdo a los convenios internacionales suscritos por Chile, en relación a los países en desarrollo, salvo en los casos de derechos de acceso a la salud y educación, "podrán determinar en qué medida garantizarán los derechos económicos reconocidos en el presente pacto a personas que no sean nacionales suyos".

Este punto es reiterado por Jaime Esponda, asesor jurídico de la OIM, para quien, desde la perspectiva de los convenios firmados por el país, se deben diferenciar las distintas ayudas estatales. "Si por beneficios sociales entendemos el acceso a la salud o a la educación básica y media, sería incompatible con la convención, pero si se refieren a algunas medidas especiales, de algunos beneficios especiales no ligados a derechos protegidos por la convención, no necesariamente serían contrarios a los compromisos adquiridos por el país", indicó.

No obstante, surgen posiciones contrarias a partir del artículo 25 de la convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. "Ello nace del principio de igualdad en general, de los derechos de los que gozan todas las personas, en cualquier condición, y además de la convención sobre trabajadores migratorios en particular", indicó Francisca Vargas, académica de la UDP.

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