Los puntos del proyecto para incentivar la donación de órganos que generaron polémica en el Congreso

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Un artículo transitorio de dicha iniciativa amplía a cuatro años el periodo, desde la entrada en vigencia de la ley, para que se efectúe la ratificación en el Registro Nacional de No Donantes. Un último informe redactado por Hacienda y Salud propone, además, agregar a los convivientes civiles en la lista de familiares que pueden determinar la donación de órganos del fallecido.


La sesión de sala del Senado del pasado miércoles tenía como fin despachar la modificación al proyecto de ley sobre trasplante y donación de órganos que busca recalificar el listado de no donantes e incentivar la donación. Sin embargo, la votación se vio frustrada debido a la falta de acuerdo sobre el plazo que tendrían quienes no deseen ser donantes para formalizar dicha voluntad.

El desacuerdo se produjo a raíz de un segundo informe entregado por las comisiones unidas de Hacienda y Salud. Éste incluye un artículo transitorio en el que se establece un plazo de cuatro años, desde la entrada en vigencia de la ley, para que las cuatro millones de personas que entre el 2011 y 2013 declararon que no querían ceder sus órganos lo ratifiquen en el Registro Nacional de No Donantes en el Registro Civil. El punto fue fuertemente discutido entre los parlamentarios, ya que en un comienzo la propuesta había establecido un período de 6 meses para dicha confirmación.

Otro cambio que se introdujo al proyecto original apunta al registro que el médico debe consultar en caso de existir dudas sobre si el fallecido era donante. Se mantiene en esta lista al cónyuge, pero se agrega explícitamente al conviviente civil. Además, el segundo informe parlamentario plantea eliminar a los abuelos, parientes consanguíneo o por afinidad, es decir, aquellos familiares que se adquieren a través del matrimonio.

La medida también incorpora que, en caso de no haber parientes directos que puedan acreditar que el fallecido no estaba dispuesto a ceder sus órganos, se consideraría a dicha persona como donante. Lo mismo en caso de no formar parte del Registro Nacional de No Donantes.

Se añade también la posibilidad, para quienes forman parte de dicho registro, de revocar su decisión y transformarse en donantes por medio de un trámite en el Registro Civil.

En la actualidad, la ley 19.451 que establece normas sobre trasplante y donación de órganos no incorpora medidas como las mencionadas anteriormente.

Ésta declara que todas las personas mayores de 18 años son consideradas donantes, a menos que se presente un documento que constate lo contrario antes de la extracción del órgano. Y si hubiera alguna duda sobre la intención de la persona fallecida, se consultaría a cónyuges, padres, hijos, representante legal, hermanos o nietos.

La ley vigente también declara que si el posible donante es menor de edad, quienes deben dar la autorización son los padres o tutores legales.

El debate se retomará una vez que las comisiones unidas de Salud y Hacienda entreguen un nuevo informe para ser nuevamente discutido por los parlamentarios. Esta nueva propuesta deberá ser entregada antes del 15 de enero.

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