En abril de 2015, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) publicó la normativa DAN 151, para regular todas las operaciones de drones sobre áreas pobladas cuando se realicen bajo el concepto de "Asuntos de Interés Público", los que se encuentran tipificados en la mencionada norma, además de la DAN 91, que regula estas operaciones en lugares despoblados.

La primera establece que todos los drones sobre los 750 gramos son calificados como profesionales, y por lo mismo, requieren de una licencia profesional que es entregada por la DGAC. Bajo ese peso, es considerado de uso amateur o de juguete, y por ende, no requiere de esta licencia.

Desde entonces, el organismo ha otorgado 1.790 de estos permisos (135 en 2015, 320 en 2016, 674 en 2017 y 661 en lo que va del año).

Para obtener esta licencia se debe ser mayor de edad, presentar una declaración jurada ante notario de haber recibido instrucción teórica y práctica respecto del modelo de dron a volar, y obtener al menos un 75% de aprobación en el examen correspondiente. La normativa, considerada pionera en Latinoamérica, apunta a regular este tipo de operaciones y evitar así accidentes o un mal uso de estos aparatos.

Vuelos en despoblados

Cuando el vuelo se hace sobre una zona despoblada, opera la norma DAN 91, en la que el operador no necesita credencial o que el RPAs (dron) esté registrado. Solo requiere notificar a la DGAC, con siete días hábiles de anticipación, la intención del vuelo, indicando además el lugar donde se va a realizar.

En ambos casos, sobrevuelo en lugar despoblado o poblado, el operador necesita contar con una póliza de seguro, la que es exigida por la Junta de Aeronáutica Civil (JAC) o un documento ante notario, para asumir la responsabilidad por los daños que puedan causarse a terceros con motivo del vuelo", explican desde la DGAC.

Inscripciones

Para inscribir un dron de manera correcta, la DGAC debe certificarlo. Para esto se debe enviar una solicitud presentando el país del fabricante, la marca y modelo, número de serie, tipo de motorización, peso máximo de despegue (que debe ser de nueve kilos), detalle del equipamiento incorporado (cámara, paracaídas), demostración del funcionamiento del paracaídas de emergencia y foto tamaño 10x15 centímetros en colores.

Una vez efectuada la inspección, la DGAC entrega al propietario una tarjeta de registro. La norma también obliga a registrar estos aparatos profesionales, los que a la fecha suman 746 (98 inscritos en 2015, 181 en 2016, 286 en 2017 y 181 en lo que va del año).

Si bien en este caso se trata de equipos profesionales o de uso industrial, que en algunas ocasiones superan los $10 millones, hay drones para todos los gustos y tipos de usuarios. Los más básicos, orientados más bien a principiantes o niños, bordean los $ 30 mil, los que no necesitan de estas licencias o registros.