Someten a proceso a seis efectivos en retiro de la Armada por delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos a cantante Mauricio Redolés

Seis efectivos de la Armada en retiro fueron sometidos a proceso por secuestro y torturas al cantante Mauricio Redolés.
Seis efectivos de la Armada en retiro fueron sometidos a proceso por secuestro y torturas al cantante Mauricio Redolés. Foto: Agencia Uno.

El ministro Max Cancino procesó a Ricardo Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Valentín Riquelme Villalobos, Bertalino Castillo Soto, Héctor Santibáñez Obreque y Sergio Hevia Fabres en calidad de autores de los ilícitos. Se mantendrán detenidos en sus domicilios “teniendo presente la situación sanitaria del país con ocasión del Covid 19, y siendo los procesados personas de la tercera edad".


El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino, sometió a proceso a seis efectivos en retiro de la Armada por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos al cantautor y poeta Mauricio Redolés.

Se trata de ilícitos cometidos entre diciembre de 1973 y abril de 1974, en la Academia de Guerra Naval, cuartel Silva Palma, buque Lebu y en el campo de prisioneros de Colliguay, entre otros, tras la detención del entonces estudiante de Derecho y militante del Partido Comunista.

En la resolución, el ministro Cancino procesó a Ricardo Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Valentín Riquelme Villalobos, Bertalino Castillo Soto, Héctor Santibáñez Obreque y Sergio Hevia Fabres en calidad de autores de los ilícitos.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita reunió antecedentes que permiten tener por acreditados una serie de hechos que justificaron la decisión.

”De los antecedentes reseñados en el considerando precedente se desprende que, Luis Mauricio Redolés Bustos, quien era estudiante de la carrera de Derecho en la Universidad de Chile con sede en Valparaíso y militante del Partido Comunista, fue ordenado detener por las autoridades del Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI), atendida su orientación política, detención que se concretó el día 10 de diciembre de 1973, en su domicilio ubicado en una pensión universitaria”, señala la resolución de Cancino.

En el texto se detalla que el autor de Quién mató a Gaete fue trasladado hasta el recinto de detención ubicado en la Academia de Guerra Naval en Valparaíso “lugar en que se encontraba dispuesto un grupo de interrogadores, también organizados y coordinados por los mandos militares, con el objeto que entregare antecedentes acerca de sus actividades políticas y de supuesto armamento, quienes procedieron a vendarlo, mantenerlo encerrado sin orden judicial legítima que lo justificare, interrogarlo y torturarlo mediante diversas técnicas, entre ellas, violentos golpes en el estómago y ponerlo en la situación de escuchar los gritos de otros detenidos que también eran torturados”.

A principios de 1974 fue trasladado a Isla Riesco, en Colliguay, para luego ser llevado en helicóptero al Hospital Naval en febrero de ese año, producto de un cuadro de peritonitis, recinto donde permaneció custodiado e interrogado. En marzo siguiente fue regresado al cuartel Silva Palma en un par de ocasiones, para ser enviado a continuación a la Cárcel Pública de Valparaíso, por haber sido condenado el 10 de enero de 1975 en Consejo de Guerra a un año y medio de prisión y cinco años de relegación, esta última sustituida por extrañamiento. Finalmente, desde dicha cárcel fue enviado al centro de detención y torturas ubicado en General Mackenna, Santiago, desde donde salió a su exilio en Inglaterra el 1 de septiembre de 1975.

El ministro en visita resolvió además que “teniendo presente la situación sanitaria del país con ocasión del Covid 19, y siendo los procesados personas de la tercera edad, manténganse estos detenidos en sus domicilios, bajo custodia de Carabineros del sector, en tanto se aprueba la resolución que les concederá la libertad provisional y que será dictada a continuación en trámite de consulta ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso”.

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