La Corte Suprema acogió un recurso de casación y le ordenó al Ministerio del Medio Ambiente complementar el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, incorporando una serie de medidas de mitigación.

En la sentencia, la Tercera Sala estableció que la resolución del Segundo Tribunal Ambiental, que aprobó el plan, infringe los principios preventivo, contaminador-pagador y progresividad.

“Esta Corte Suprema es de parecer de instruir al Ministerio del Medio Ambiente la emisión de un acto complementario al Decreto Supremo Nº 105 de 2019, manteniéndose vigente el PPDA reclamado en todo lo que no se oponga a las medidas que se dirán en lo venidero y que deberán ser incluidas en la referida complementación”, plantea el fallo de la Corte Suprema.

En este sentido, el máximo tribunal solicita ”la confección de un inventario de emisiones de NO2 y SO2, en tanto agentes precursores del material particulado, seguido de un plan de reducción de emisiones de estos contaminantes, proporcional al diseñado respecto del MP2,5 y MP10″.

Asimismo, indica que para cautelar el principio de progresividad, la complementación considerará “un calendario de adecuación paulatina de las emisiones de material particulado en las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, hasta alcanzar el nivel de calidad del aire sugerido en la Guía confeccionada por la Organización Mundial de la Salud, en su edición 2021.