Las atribuciones que tendrá el nuevo Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género

Entre las funciones de la cartera estarán las de prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres, y de proponer políticas orientados a la igualdad de derechos.




"Este nuevo ministerio nos permitirá seguir trabajando por la igualdad entre mujeres y hombres en nuestro país, pero sobre todo, por hacer carne los derechos de las mujeres en nuestro país".

Con estas palabras la ministra del Sernam, Claudia Pascual, celebró la aprobación unánime del proyecto que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género en el Congreso.

De esta manera, la iniciativa que estuvo 10 meses en tramitación, está lista para ser promulgada por la Presidenta Michelle Bachelet. 

La nueva institucionalidad pretende reemplazar al actual Servicio Nacional de la Mujer, para tener más atribuciones económicas y administrativas. Sin embargo, el proyecto no acaba con el Sernam, sino que le otorga un director que estará a cargo de implementar programas con pertinencia cultural orientados a la equidad de género.

Revisa las principales atribuciones que tendrá el nuevo Ministerio de la Mujer y la Qeuidad de Género:

PROPONER PLANES Y PROGRAMAS

La primera atribución que tendrá el nuevo ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, será la de proponer políticas, normas, planes y programas orientados a la equidad de género, a la igualdad de derechos y a procurar eliminar toda forma de discriminación contra las mujeres, coordinarlos y velar por su implementación, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos y evaluar su aplicación transversal en la actuación del Estado.

Además, le corresponderá la formulación, coordinación y evaluación de un Plan Nacional de Igualdad.

INICIATIVAS LEGALES Y ADMINISTRATIVAS

La nueva Secretaría deberá proponer también iniciativas legales, reglamentarias y administrativas en las materias de su competencia y evaluar su aplicación.

En este punto, el Ejecutivo presentó una indicación en la Sala que dispone que "a su vez, reconociendo la diversidad de las mujeres y sus diferentes opciones de vida, el Ministerio promoverá la protección de aquellas que desarrollen su proyecto de maternidad".

VIOLENCIA Y FAMILIA

Será deber del ministerio desarrollar políticas, planes y programas destinados a atender, prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres, generando los espacios de coordinación entre los organismos de la Administración del Estado a nivel nacional, regional y local.

Además, deberá promover la igualdad de derechos y obligaciones entre los hombres y las mujeres en las relaciones familiares, así como el reconocimiento de la responsabilidad común en cuanto a la educación, el cuidado y el desarrollo de los hijos e hijas.

ORGANISMOS INTERNACIONALES

El organismo deberá velar por el cumplimiento de los tratados internacionales sobre derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, especialmente aquellos que guarden relación con la eliminación de todas las formas de discriminación y de violencia contra las mujeres.

Asimismo, deberá mantener vínculos de cooperación con organismos internacionales dedicados a los derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio de Relaciones Exteriores.

ORGANIZACIÓN

El ministerio de la Mujer tendrá una ministra o ministro, una subsecretaria o subsecretario y Secretarías Regionales Ministeriales, quienes asesorarán al Intendente y velarán por la coordinación de los programas que se desarrollen a nivel regional y local.

El proyecto también contempla la creación del Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género, integrado por los ministros de la Mujer y Equidad de Género -que lo presidirá-, del Interior y Seguridad Pública, de Defensa Nacional, de Hacienda, Secretario General de la Presidencia, de Economía, de Desarrollo Social, de Educación, de Justicia, del Trabajo, de Salud, de Agricultura, de Vivienda y del Consejo de la Cultura.

Además, el ministerio tendrá un Consejo Asesor integrado por 10 especialistas "de reconocida experiencia" que serán designados por el ministro o ministra de la Mujer y la Equidad de Género.

Asimismo, los miembros del Consejo durarán hasta cuatro años en sus cargos mientras cuenten con la confianza del secretario de Estado.

NUEVO ROL DEL SERNAM 

El documento del Ejecutivo señala que "a contar de la fecha en que entre en funciones el ministerio, el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) se denominará "Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género".

Este organismo contará con un director o directora, y se desvinculará de la formulación y evaluación de las políticas relativas a la mujer. De este modo, sólo estará encargado de implementar y ejecutar los "planes y programas con pertinencia cultural, orientados a la equidad de género".

Además, una de sus principales funciones será la de administrar el fondo para al equidad de género y coordinar los distintos servicios y organismos públicos relacionados a la materia.

FONDO PARA LA EQUIDAD DE GÉNERO

La iniciativa también crea el Fondo para la Equidad de Género, administrado por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, "con el objeto de contribuir al financiamiento de proyectos nacionales, regionales o locales, de programas y actividades de educación y difusión, destinados a fortalecer la participación, asociatividad y liderazgo de las mujeres, en el marco de la equidad de género y los derechos humanos de las mismas".

Los recursos del Fondo se consultarán anualmente en la Ley de Presupuestos del Sector Público, y tanto el ministerio de la Mujer como el ministro de Hacienda podrán establecer las normas de administración y operación del fondo.

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