Las seis claves para entender la primera elección directa de los consejeros regionales y sus funciones

<p>A contar de la próxima elección de noviembre, el cargo de consejero regional será de directa elección, junto con los legisladores y el Presidente.</p> <p>Hasta antes de la reforma, los 278 funcionarios eran elegidos de forma indirecta a través de los consejos municipales.</p>




El 17 de noviembre, los chilenos que concurran a votar deberán no solamente marcar una preferencia en torno a las candidaturas presidenciales y parlamentarias.

Por primera vez, los consejeros regionales serán elegidos por medio de votación directa, luego de que entrara en vigencia la Ley Orgánica Constitucional de gobierno y administración regional que determina la nominación vía sufragio de estos cargos públicos.

Revisa cuáles son los puntos básicos para entender el rol de los cores y lo que implica su elección.

¿QUÉ ES UN CORE Y QUÉ FUNCIÓN CUMPLE EN EL SISTEMA POLÍTICO?

Los integrantes del consejo regional -los cores- tienen por misión hacer posible que la comunidad regional se vea representada en la toma de decisiones, por parte de la intendencia y los gobiernos de zona.

Entre sus atribuciones se cuentan facultades para: aprobar, modificar o sustituir las propuestas que la intendencia respectiva debe plantear.

Entre las decisiones sobre las que los cores deben hacerse parte están: planes y estrategias regionales de desarrollo y sus modificaciones, el presupuesto del gobierno regional, ajustado a los límites del presupuesto de la Nación y velar por la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que corresponde a la región.

¿CUÁNTOS CORES SE ELIGEN EN EL PROCESO ELECTORAL 2013?

En total, son 278 cores, que se distribuyen de esta forma:

- 14 CORES en las regiones de hasta 400.000 habitantes: 

Arica y Parinacota, Tarapacá, Atacama, Los Ríos, Aysén y Magallanes.

- 16 CORES en las regiones de hasta 800.000 habitantes: 

Antofagasta, Coquimbo, Libertador B. O'Higgins y Los Lagos.

- 20 CORES en las Regiones de hasta 1.500.000 habitantes: 

Maule y Araucanía.

- 28 CORES en las regiones de hasta 4.000.000 de habitantes: 

Valparaíso y Biobío.

- 34 CORES en las regiones de más de 4.000.000 de habitantes: 

Metropolitana de Santiago

¿CUÁNTO DURA EN SU CARGO UN CORE? 

Los consejeros regionales duran cuatro años en su rol, y en caso de necesitar reemplazo, le sucede el candidato que tenía el derecho a ser elegido según el pacto, o por defecto, según la elección.

Si no hubiera en este orden, el consejo regional decide en base a una terna propuesta por el partido de origen del core en cuestión, mientras que los independientes fuera de pacto no son reemplazados.

¿CÓMO SE DETERMINA LA CANTIDAD DE CORES A ELEGIR POR REGIÓN?

Para establecer la cifra, se tiene en cuenta la cantidad de habitantes por cada región, considerando las cifras del último censo tabulado, que en este caso es el de 2002.

En cada región, la mitad de los cores se distribuye por igual en las circunscripciones provinciales, con el fin de que todas las zonas de una región cuenten con representantes.

La mitad restante se distribuye en las  circunscripciones provinciales a prorrata según la cantidad de habitantes, meditante la técnica de la cifra repartidora.

¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TENDRÁ ESTA PRIMERA ELECCIÓN DIRECTA DE CORES?

La primera es que será un proceso simultáneo con el de parlamentarios y presidencial, y los cores que resulten elegidos asumirán el 11 de marzo de 2014.

La elección es de tipo nominal -una persona, un voto- y proporcional, vale decir, se aplica cifra repartidora para elegir a los cores, como se eligen normalmente a los concejales.

Los candidatos se pueden agrupar en listas, pactos y subpactos.

¿LOS CANDIDATOS A CORE RECIBEN FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑA? ¿TIENEN LÍMITE EN EL GASTO?

De acuerdo con la reglamentación del proceso, el límite a la inversión es de 700 UF, más unidades marginales por cada 200 mil electores.

Asimismo, se determina que existe financiamiento público a las postulaciones, para lo cual se determina a los partidos anticipos de UF 0,01 por voto obtenido en elecciones previas.

Los candidatos tendrán un reembolso de 0,03 UF por voto, y además, habrá una reliquidación del anticipo a los partidos, de 0,015 por cada sufragio logrado. Este es el mismo sistema que se aplica, hoy en día, en las elecciones parlamentarias y municipales.

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