Poder Judicial: solo el 6% de los delitos por espionaje llegó a condena desde 2010

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Se han registrado 2.106 casos terminados en tribunales por ilícitos vinculados a este tema. Fiscalía indica que es necesario actualizar la legislación para perseguir estos ilícitos.




Sorpresa causó en la opinión pública la denuncia que la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) realizó recientemente en el Ministerio Público por un presunto espionaje en su contra, tras detectar la instalación de micrófonos en las oficinas del gremio.

El hecho está siendo investigado por la Fiscalía Oriente, bajo los ilícitos relacionados con la infracción a la Ley de Delitos Informáticos e infracción a la Ley de Telecomunicaciones, y también respecto de captación o intervención de comunicaciones privadas.

El caso despierta distintas lecturas, más aún cuando no son delitos tan recurrentes en el sistema procesal penal. Pero, en términos estadísticos, ¿qué tan frecuentes son? Según cifras del Poder Judicial, se han registrado 2.106 casos terminados en tribunales por ilícitos relacionados con espionaje.

Se trata de la Infracción a la Ley de Telecomunicaciones, Artículo 36 B (colocar elementos para interrumpir o captar comunicaciones) y el espionaje informático (infracción a la ley que tipifica delitos relativos a la informática).

Las sanciones

Desde 2010 hasta el primer trimestre de 2016 se registraron en el primer ilícito 751 procesos, de los cuales 18 terminaron en condena. Mientras que en el segundo fueron 1.355 eventos fuera de la ley y 122 sentencias condenatorias. En total fueron 140, lo que equivale a un 6,6%. En la mayoría de los casos, la salida judicial fue el sobreseimiento definitivo y la decisión de no perseverar en el caso por parte del Ministerio Público (ver infografía).

El vocero de la Corte Suprema, Milton Juica, consultado por el bajo porcentaje de condenas, explicó que "parto de la base, por la poca incidencia, que no se cometen muchos delitos (...). Estas cosas son siempre bien difíciles de detectar. Nadie sabe cómo estamos siendo investigados y observados, pero ese es claramente un tema que se gatilla de vez en cuando".

Según contempla el Ar- tículo 36 B de la Ley de Telecomunicaciones, las penas que arriesga el acusado de intervenir las comunicaciones pueden llegar incluso a tres años de presidio.

Sobre estos casos, el abogado jefe de Delitos Económicos de la Fiscalía Nacional, Andrés Salazar, señaló que la mayoría de los ilícitos se da en "contextos íntimos", o sea, ocurren en relaciones de pareja, en que los dos tenían claves de acceso a computadores o correos.

"Distinto es el caso de los espionajes informáticos, que provienen de terceros no autorizados para acceder a la información. Como es posible imaginar, la investigación de estos delitos requiere entonces el despliegue de medios tecnológicos y de personal especializado, que permitan determinar, por una parte, el origen de la acción (...) y, al mismo tiempo, deberá identificarse a la persona que obtiene la información, que puede ser distinta de aquella que pretende recibirla para beneficiarse de ella. Es importante enfatizar que casos como estos son extrañísimos en el contexto chileno".

Agregó que "si bien este marco normativo brinda un grado importante de protección para los bienes jurídicos en juego, estimamos que la legislación debe ser actualizada, puesto que todas estas figuras fueron creadas hace ya muchos años y no están adecuadas a los tiempos que corren. Uno de los casos más urgentes de perfeccionamiento guarda relación con la Ley de Delitos Informáticos, que data de 1993, época en que internet recién comenzaba a desarrollarse".

Expertos en alerta

Para el profesor experto en Derecho de las Telecomunicaciones de la Universidad Católica, Cristián Sepúlveda, "si se capta una señal de telecomunicaciones (conversación telefónica), del espacio radioeléctrico sin autorización judicial, sí habría delito de telecomunicaciones. Por ello, la mera grabación de una conversación privada en un recinto privado, sin intervenir la señal de un servicio de telecomunicaciones, no caería dentro de estos delitos".

Además, agregó que "en telecomunicaciones no se puede hablar del delito de espionaje".

Esta semana se conoció una querella presentada por la Asociación de Exportadores de Frutas de Chile (Asoex), donde denuncian ser víctimas de delito informático, a través de una presunta sustracción de correos electrónicos desde sus cuentas, lo que deberá ser investigado por la fiscalía para esclarecer los alcances de la denuncia.

Una de las indagatorias más emblemáticas vinculadas al espionaje es el caso Rocha, en 2008, en el que se indagó al empresario Gerardo Rocha, quien pidió a un investigador privado seguir al martillero público Jaime Oliva, por sospechas de una supuesta infidelidad de su pareja.

El investigador privado Dante Yutronic fue el encargado del seguimiento, aplicando una serie de técnicas investigativas que fueron consideradas como delito por parte del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.

Producto de ello, en un juicio abreviado, Yutronic fue condenado a pasar las noches en un recinto carcelario, por violar la Ley de Telecomunicaciones, al intervenir llamadas telefónicas de un tercero.

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