Proyecto CEF eleva fiscalización sobre grupos empresariales

Iniciativa que institucionaliza el Consejo de Estabilidad Financiera aumenta facultades de reguladores para requerir antecedentes sobre empresas y sus relacionadas. 




A fines de julio de 2011, a poco más de un mes que se conocieran los primeros antecedentes del caso La Polar, el Ministerio de Hacienda anunciaba la creación del Consejo de Estabilidad Financiera (CEF). Originado en las recomendaciones de la Comisión sobre Reforma a la Regulación y Supervisión Financiera de 2010 -conocida como "comisión Desormeaux"-, el CEF, que empezó a sesionar en octubre de ese año, fue integrado por Hacienda y las superintendencias de Bancos, Valores y Seguros y de Pensiones, además de la asesoría permanente del Banco Central. Su objetivo apuntaba a facilitar la interacción entre los reguladores, para "velar por la integridad y solidez del sistema financiero, proveyendo los mecanismos de coordinación e intercambio de información necesarios para un manejo preventivo del riesgo sistémico".

Tras un año y medio de funcionamiento, en mayo de este año, la cartera anunció su intención de dar al CEF, hasta ahora una instancia creada por decreto, una institucionalidad legal permanente, a través del envío de un proyecto de ley.

NUEVAS ATRIBUCIONES

El contenido de la iniciativa legal, que hoy ingresaría al Parlamento, mantiene como objetivo central la coordinación y el intercambio de información entre los fiscalizadores, al tiempo que eleva sus atribuciones para requerir información financiera sobre grupos empresariales. De esta manera, "se otorga a las superintendencias facultades para solicitar a las entidades fiscalizadas antecedentes sobre la situación financiera de todas aquellas personas o entidades que pertenezcan a un mismo grupo empresarial, así como información conducente a determinar las relaciones de propiedad o control y operaciones entre ellas". Agrega que "estas facultades permitirían avanzar hacia un adecuado monitoreo de los riesgos a la estabilidad del sistema financiero provenientes de los conglomerados financieros". El documento señala que estas nuevas atribuciones para reque rir información se consagrarán a través de modificaciones a la Ley General de Bancos, las leyes orgánicas de la SBIF, SVS, de Pensiones y la del Banco Central (BC).

Conocedores del proyecto explican que, actualmente, los reguladores poseen muchas veces sólo facultades parciales, y heterogéneas, para requerir información: por  ejemplo, cuando se producen operaciones de compraventa o solamente respecto de la situación financiera de la matriz de un grupo empresarial, no de todos sus relacionados.

El texto establece que el CEF podrá requerir a las superintendencias cualquier información, incluso sujeta a reserva, "que pueda ser necesaria para identificar o evaluar posibles riesgos para la estabilidad financiera". También en el caso del BC, se faculta al consejo a solicitar información reservada cuando ésta pueda tener relevancia sistémica.

Los antecedentes recabados sólo podrán ser compartidos con quienes participen de las reuniones del CEF y sus deliberaciones tendrán carácter reservado. Ello, para "proteger el interés nacional del país, en materia económica", ya que "la divulgación de los análisis o informes del CEF pudiera ser contraproducente, dado que podría causar un efecto disruptivo en el mercado y acelerar o incluso provocar los eventos de crisis que se intenta mitigar". El consejo podrá recomendar, sin carácter vinculante, políticas que contribuyan a la estabilidad financiera y proponer directrices a los reguladores para dicho objetivo.

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