TC asegura que parlamentarios pueden pedir préstamos a BancoEstado para financiar sus candidaturas

Tribunal-Constitucional

El organismo sostuvo que si un legislador firma un contrato de crédito bancario no se expone a ser inhabilitado ni a ser cesado en el cargo.




El Tribunal Constitucional se refirió al debate desarrollado durante los últimos días sobre la "pretendida imposibilidad" del Banco del Estado para otorgar créditos a los parlamentarios que son candidatos en las próximas elecciones.

Desde el organismo expresaron que corresponde exclusivamente al TC declarar la inhabilidad de un parlamentario "por haber celebrado o caucionado contratos con el Estado, de conformidad con el estatuto de prohibiciones, competencia y procedimiento establecido en los artículos 60 y 93, numeral 14º e inciso decimoctavo, de la Constitución Política de la República".

En este sentido, explicaron que "no habiéndose aperturado un proceso por alegaciones de inhabilidad respecto de algún parlamentario en concreto y por ende no existiendo sentencia que la declare, no corresponde ni procede jurídicamente dar por establecida inhabilidad alguna respecto de dichos créditos".

Además, desde el TC aclararon que un contrato de crédito bancario de este tipo, regulado especialmente y afecto a fines exclusivos de financiamiento de campaña, tema cuyo control y fiscalización corresponde al Servicio Electoral, "claramente no es de aquellos contratos celebrados con el Estado a los cuales se refiere el artículo 60 de la Constitución, que pueden inhabilitar y hacer cesar en el cargo a un parlamentario en ejercicio".

En este sentido, el organismo sostuvo que el TC " solamente puede emitir sentencias sobre casos particulares de inhabilidades parlamentarias cuando es requerido por el Presidente de la República o por no menos de diez parlamentarios en ejercicio, según se establece por el artículo 93, numeral 14º e inciso decimoctavo, de la Constitución Política de la República y bajo el procedimiento y forma establecidos en los artículos 117 y siguientes de la ley orgánica de esta Magistratura".

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