TC: "No vamos a decidir si hay aborto. Esa es una decisión que tomó el Congreso"

TC Tribunal Constitucional

El voto de mayoría del Tribunal Constitucional intentó acercar extremos. "Este no es un debate entre buenos y malos", dijo.




El pronunciamiento de mayoría del Tribunal Constitucional, que acogió las tres causales de despenalización del aborto, estableció una serie de consideraciones sobre el pronunciamiento. "No se nos escapa lo complejo del tema que estamos resolviendo. No hay país en el mundo donde este tema no haya generado profundas diferencias", dice el fallo redactado por Carlos Carmona, presidente, hasta este lunes, del TC.

El dictamen, en su considerando séptimo, no elude que la discusión afecta convicciones profundas. "Sabemos que hay posiciones religiosas, valóricas y morales involucradas. Sin embargo, no vamos a decidir desde la óptica de la religión, de la moral, de la política, sino que desde la perspectiva de la Constitución. Somos un Tribunal de Derecho". El fallo intentó luego armonizar las posiciones extremas que se expresaron en las audiencias. "Este no es un debate entre buenos y malos, entre pecadores y justos, entre personas con y sin escrúpulos. Entre personas religiosas y otras que no lo son".

Tras esas prevenciones, el TC buscó delimitar su rol en el debate: "No vamos a decidir si hay aborto en nuestro país. Esa es una decisión que tomó el Congreso Nacional. Vamos a revisar si esta decisión del legislador se enmarca dentro de los márgenes permitidos por la Constitución", precisó.

El dictamen enumera, además, cinco asuntos sobre los cuales el TC decidió no pronunciarse por considerar que van más allá de sus atribuciones. "En primer lugar, no vamos a tratar el estatuto ontológico del nasciturus", dijo el TC. Una persona, prosiguió, no es lo mismo para la metafísica, la religión, la ciencia, la antropología. El TC lo abordó como concepto jurídico. El tribunal se negó, además, a "realizar juicios de rectitud moral" sobre quienes decidan abortar; ni se pronunció si las tres causales constituyen una despenalización o una legalización; ni sobre los efectos de sentencias internacionales sobre Chile; ni sobre las alegaciones de mérito o conveniencia.

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