Autopercepciones privilegiadas
SEÑOR DIRECTOR
Las leyes civiles no debiesen desconocer la naturaleza humana, cuyos actos pretende regular. La recientemente aprobada ley de identidad de género, sin embargo, lo hace: prescinde de un dato, natural e inmodificable, que es el sexo de cada persona, y lo sustituye por una percepción subjetiva respecto de la propia identidad, volviéndola vinculante en diversos aspectos de la vida jurídica y social.
Nos preguntamos cuál es el criterio utilizado por nuestros parlamentarios para considerar algunas autopercepciones como legalmente vinculantes para terceros y mantener el resto de las autopercepciones en un estatus inferior y privado.
Javiera Corvalán Azpiazu
Ignacio Suazo Zepeda
Nicolás Rodríguez Rioseco
ONG Comunidad y Justicia
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