Cohecho

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Modificar nuestra legislación penal en materia de corrupción es una prioridad, tal como alertó la Comisión Engel. La urgencia de hacerlo quedó en evidencia luego de la operación Lava Jato, que develó una red internacional de corrupción por toda América Latina, que involucra a numerosas empresas y altos funcionarios públicos. A lo anterior se ha sumado lo sucedido en Chile, con el caso del exsubsecretario Wagner, quien quedó finalmente impune por conductas que debieran haber sido penalmente sancionadas, si contáramos con la legislación adecuada.

Los proyectos que desde hace años se vienen discutiendo en el Congreso se encuentran actualmente en comisión mixta, para zanjar las diferencias entre las cámaras. Los desencuentros han sido fuertes, incluyéndose imputaciones de no haber real voluntad de sancionar este tipo de delitos.

Sin embargo, las noticias de la última semana son más alentadoras, pues se habría llegado a acuerdo en el principal punto de discordia. Éste reside en la forma como debiera tipificarse la conducta. Hoy se exige vincular la concesión del beneficio indebido otorgado a un funcionario, con la ejecución por parte de éste de un acto propio de su cargo; es decir, se requiere establecer una suerte de trazabilidad entre beneficio y contraprestación, lo que es sumamente dificultoso. De hecho, es esto lo que la Fiscalía indicó que no estaba en condiciones de probar en el caso Wagner y que la llevó a no perseverar en la persecución del delito de cohecho. El acuerdo, que es consistente con la legislación comparada, implica eliminar esta exigencia, por lo que ahora va a ser suficiente con probar la entrega del maletín con el dinero, siendo irrelevante qué hizo el funcionario para merecer tal pago.

El Ministerio de Justicia, en su momento, expresó el temor de que este cambio pudiera afectar las causas en actual tramitación, cosa que no debiera suceder desde el momento en que se le quitan, no se le suman, elementos al tipo, siendo por lo demás lo mismo que el propio Ministerio sugiere hacer en el anteproyecto de Código Penal que preparó.

Preocupa, eso sí, que se haya informado que el acuerdo incluirá rebajar en un grado la pena que se le asigna al delito. Como se sabe, estas son extremadamente bajas en Chile, pues oscilan entre los 61 días y los 3 años. En la comisión mixta se había acordado subirlas al rango entre 541 días y 10 años, que de todos modos las dejaba entre las más benignas del mundo, según un informe de la Fundación Ciudadano Inteligente.

Por último, la experiencia que deja el caso Odebrecht es muy clara en indicar que para perseguir eficazmente este tipo de corrupción, la principal herramienta es facultar a los fiscales para llegar a acuerdos con implicados que estén dispuestos a colaborar. Lamentablemente, esto ni siquiera se ha considerado en este proyecto de ley.

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