Deudas del legislador



SEÑOR DIRECTOR

La discusión sobre Isapres develó una deuda del legislador. Cuando el Tribunal Constitucional declaró en 2010 la inconstitucionalidad de algunas disposiciones legales que incidían en la diferencia de precios de planes, en razón del sexo y la edad, exhortó al legislador a remediar el asunto. Desde entonces han pasado casi 10 años sin que el legislador aborde el tema. En vez, el problema del alza de planes ha sido canalizado por una fuerte judicialización.

La solución está lejos de ser óptima: sobrecarga en tribunales, que resuelven una y otra vez en el mismo sentido, y produce una asignación de los costos de la salud arbitraria (al depender de si el usuario litiga o no). Por lo mismo, el proyecto presentado por el Ejecutivo es una buena noticia.

Pero esta no es la única deuda del legislador. Mes a mes, el Tribunal Constitucional acoge cientos de inaplicabilidades relativas a dos normas -el artículo 196 ter de la Ley del Tránsito (introducido por la "Ley Emilia") y el artículo 1° inciso segundo de la Ley 18.216 ("control de armas")- privándolas de vigor en los casos concretos.

Esta situación es análoga a la de las isapres: alta judicialización para lograr un resultado predecible. Ambos casos exigen también de la pronta iniciativa del legislador.

Francisco Javier Urbina

Profesor de Derecho PUC

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