Gratuidad en la educación superior



SEÑOR DIRECTOR

La ley de Educación Superior establece la gratuidad de manera definitiva como un derecho social, lo que es una muy buena noticia. Sin embargo, más allá de la discusión sobre el artículo 63 que se ha tomado la agenda, tal y como hoy se presenta, la ley evidencia un gran desconocimiento de la realidad nacional de parte de los legisladores y castiga de manera impresionante a las instituciones que se han sumado.

En efecto, la gratuidad por ley solo contempla el beneficio por el tiempo nominal de duración de las carreras, lo que si bien desde un punto de vista exclusivamente económico podría parecer razonable, desde la realidad institucional es tremendamente perjudicial, ya que nos obliga a asumir el costo de ello en un 50% por su primer año de atraso.

Para la Universidad Católica del Maule este impacto en 2018 significará alrededor de 900 millones de pesos y para el centro de formación técnica San Agustín será de 150 millones de pesos, montos que probablemente se dupliquen en el año 2019. Si además consideramos que el Estado regula los aranceles, las consecuencias en las instituciones de educación superior serán catastróficas. En el contexto nacional, un porcentaje altísimo de estudiantes no termina su carrera en ese tiempo. Esto no ocurre por ser despreocupados de la formación de los estudiantes; al contrario, conociendo sus dificultades en la formación escolar, diseñamos y ejecutamos mecanismos de permanencia que permiten superar sus debilidades iniciales y avanzar hacia su egreso. Sin embargo, aunque ello es valorado por la sociedad, no podemos al mismo tiempo lograr que terminen en el tiempo de duración nominal de sus carreras. De ese modo, asignar la responsabilidad económica a las instituciones de educación superior es castigarlas por asumir un rol social y ser promotores de una inclusión exitosa para los estudiantes.

Diego Durán

Rector Universidad Católica del Maule

Sergio MoralRector

CFT San Agustín

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