Indemnización por años de servicio



SEÑOR DIRECTOR

Se ha escrito y editorializado acerca de las supuestas bondades que significaría modificar el actual sistema de indemnizaciones por años de servicios. Para ello, se ha tomado como base alguna de las medidas propuestas por los denominados expertos en materia laboral.

Es del caso señalar que entre los "expertos" no se encuentran precisamente aquellos a quienes les afectaría una medida de esta naturaleza. Vale recordar que se trata de un derecho recuperado en los años 90, ya que el año 1981, durante el régimen militar, fue modificado, permitiendo el despido sin causa y cancelando tan solo 150 días de remuneración en caso de despido. Se esgrime para esta modificación, lo que no ha sido tema de debate ni compromiso de campaña de ningún conglomerado político, que sería una forma de privilegiar a los propios trabajadores y permitir con ello la movilidad laboral, ya que muchos permanecen en su trabajo para no perder la tan ansiada indemnización por años de servicio.

Sostener lo anterior es no conocer a la gran mayoría de los trabajadores de nuestro país. Su mayor preocupación y temor es no perder su fuente de trabajo y los ingresos que le permiten tener y dar una vida digna a sus vidas y familias. Por su parte, los empleadores invierten mucho en capacitar a sus trabajadores buscando no solo la productividad, sino el compromiso con su empleador y la empresa.

Lo esencial de toda política pública es buscar el bien común y colocar a la persona en el centro de las decisiones, como lo propone el Informe de la Comisión Mundial del Futuro del Trabajo, dado a conocer recientemente por la OIT. Es por ello que toda propuesta debe ser impulsada por empleadores y trabajadores, surgida de un auténtico diálogo social, y no solo de los denominados "expertos". Esta será la única manera para que ella sea sostenible en el tiempo y entregue la tan anhelada certeza social y jurídica.

Alejandra Krauss Valle

Abogada

Vicepresidenta Chile 21

Exministra del Trabajo y Previsión Social

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.