Integrantes del TC



SEÑOR DIRECTOR

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, comprometió ante el Senado que, este año, el gobierno abrirá el debate en torno a posibles cambios en el Tribunal Constitucional (TC).

Una modificación a dicha instancia tiene como elemento indispensable que el número de integrantes debiera ser impar y no par, como lo es actualmente, porque, en la práctica, le entrega un voto dirimente al presidente del Tribunal, lo que hace que tenga implicancias políticas demasiado importantes, que están poco relacionadas con la posibilidad de gestión, que debe ser el elemento predominante en la elección de quien presida la instancia.

También debieran revisarse los órganos involucrados en los nombramientos. Me parece inadecuado que el Presidente de la República los nombre de forma discrecional, porque no hay ningún control sobre la calidad de los miembros, y eso hace que el factor político sea el predominante. Sería bueno que, en una reforma constitucional, el Presidente tuviera un control inter-orgánico, que podría ser por parte del Senado, como ocurre con los ministros de la Corte Suprema.

Los requisitos de legitimidad que requiere un ministro del TC son, por una parte, su competencia jurídica, y, por otra, su legitimidad indirecta democrática; y eso se lo dan, primero, su formación y experiencia, y, segundo, los órganos políticos de representación popular que realizan esos nombramientos, que, en este caso, serían el Presidente de la República y el Congreso.

Una fórmula que podría ser efectiva sería que el Mandatario, con acuerdo del Senado, nombrara a cinco integrantes, en tanto que cada cámara designara a tres ministros por mayoría calificada de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

Humberto Nogueira

Director del Centro de Estudios Constitucionales de la U. de Talca

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