Intermediación financiera

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Intermediación Financiera S.A. (Infisa) es una empresa estatal a punto de ser creada. En efecto, la Cámara de Diputados acaba de aprobar su constitución por 135 votos a favor y tres abstenciones. De acuerdo al proyecto correspondiente (ver boletín 11554), Infisa está destinada a proveer, financiar y gestionar programas de cobertura de financiamiento crediticio en apoyo directo a las pequeñas y medianas empresas.

Infisa es el resultado, en el marco de la discusión presupuestaria pasada, de un acuerdo entre el gobierno de Bachelet y la entonces oposición, que permitió traspasarle transitoriamente recursos a Sacor, una subsidiaria de Corfo que había dejado de operar hace más de una década y estaba en proceso de cierre. Como consecuencia del mismo acuerdo, Infisa absorbería además las operaciones del Fogape, el fondo de cobertura de riesgos para las PYME manejado por el BancoEstado.

La creación de Infisa merece varios comentarios. En primer lugar, sobre todo en el marco de un sistema financiero sujeto a regulación prudencial como el chileno, el acceso al crédito de las PYME tenderá a ser inferior al óptimo, por lo que hay motivos para la existencia de algún mecanismo de cobertura de riesgo estatal para las empresas pequeñas y medianas (Benavente, Galetovic, y Sanhueza, 2006).

En segundo lugar, es debatible cuál es la mejor forma de administrar tal programa de cobertura, ya sea como un fondo dependiente de un ente estatal, como sucede actualmente con el Fogape, o como una "empresa" independiente como la propuesta Infisa.

Tratándose de una empresa autónoma y sujeta a las reglas y supervisión de las sociedades anónimas en Chile, como se ha sugerido para Infisa, se tiende a asegurar un adecuado control de sus operaciones.

No obstante -nos lo sugiere la teoría de las decisiones públicas- estas empresas tenderán a expandirse desmedidamente, sobre todo si -como sería el caso de Infisa- sus estatutos lo hacen posible. En efecto, dentro de sus atribuciones podría contraer obligaciones indirectas, otorgar coberturas y comprometer subsidios contingentes con cargo a los fondos que constituya y administre, destinados a operaciones de financiamiento de entidades financieras; otorgar coberturas para la emisión de títulos de deuda de securitización; otorgar préstamos a entidades financieras, cuyos recursos sean destinados al refinanciamiento de sus operaciones de crédito; y adquirir títulos de deuda de entidades financieras.

Con esas facultades tan amplias es altamente probable que Infisa expanda sus operaciones mucho más allá de lo que se imaginan sus creadores. Si es así, nuestra propia experiencia y la teoría del principal-agente nos permiten predecir que, más temprano que tarde, y por los incentivos a que se encuentran sometidas las empresas estatales, Infisa incurrirá en importantes pérdidas que terminará pagando "Moya", o sea, usted señor lector.

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