¿La salud de los altos ejecutivos debe ser un hecho público o reservado?

PAULMANN

Aunque el criterio actual considera que el estado de salud en general forma parte de la vida privada, el interés público que hay detrás justifica revisar los actuales límites.



Desde que se conoció la información de que Horst Paulmann, el controlador y presidente del directorio del holding Cencosud, se encuentra con licencia médica por un mes e internado en una clínica para someterse a una serie de exámenes, ha cundido una natural preocupación en el mercado. Después de todo, Paulmann, de 85 años de edad, sigue siendo de alguna manera el motor del conglomerado, y naturalmente surgen dudas de si la empresa ha preparado algún plan de sucesión en caso de que el empresario no pudiera continuar en sus funciones, o si optara por el retiro. Por ahora el precio de la acción de Cencosud se ha mantenido estable, expectante de lo que pueda ocurrir.

El caso de Cencosud no solo ha despertado legítima inquietud entre sus accionistas, sino que también abre una pregunta más general, y es si la salud de los altos ejecutivos de una compañía -especialmente cuando se trata de personas que están muy identificadas con el devenir de una empresa- debe ser de conocimiento público, o si en cambio debería continuarse con el criterio mantenido hasta ahora, según el cual la información concerniente al estado de salud se considera en general confidencial.

A nivel internacional la legislación privilegia la noción de que la salud de los CEO o altos ejecutivos por regla general es reservada, y el directorio podrá hacerla pública en la medida que existan razones “materiales” que lo justifiquen; por ejemplo, que sea previsible un desplome de las acciones en caso de que un alto ejecutivo no pueda seguir en sus funciones, y por lo tanto es necesario que todo el mercado conozca ese antecedente en forma simultánea, para evitar el uso de información privilegiada. Pero aun así, prevalecen los criterios restrictivos.

La experiencia en los mercados externos muestra que los precios de las acciones en general reaccionan cuando los CEO deben dejar sus cargos; irónicamente, abundan los ejemplos de títulos que fueron al alza, ante la expectativa de cambios en la dirección de empresas no bien gestionadas. Pero también hay ejemplos que muestran lo contrario, como fue el caso de Steve Jobs, el fundador de Apple. La compañía siempre fue escueta en proporcionar información sobre la salud del ejecutivo -quien en 2003 fue diagnosticado de un extraño cáncer pancreático, mal que finalmente le provocó la muerte en 2011-, lo que produjo constantes oscilaciones en el precio de las acciones.

El directorio tiene en sus manos la delicada tarea de determinar aquello que resulta esencial que el mercado conozca. Si acaso la salud de un alto ejecutivo está comprendida entre dicha información, continúa siendo algo debatible. Pero es probable que atendidos los actuales estándares de transparencia que se exigen a todo nivel, resulte pertinente revisar los actuales criterios con que opera el mercado, así como de la regulación vigente. El derecho a la vida privada es una garantía reconocida al más alto nivel, pero cuando se trata de actividades que despiertan interés público, los umbrales para determinar qué debe ser privado inevitablemente son más amplios.

La dirección de una organización -especialmente si está abierta en bolsa- y todo lo que le concierne debería quedar comprendida dentro de aquellas materias de interés público, y quien detenta un rol estratégico en una compañía probablemente debería estar dispuesto a renunciar a cierto derecho a la privacidad, como algo inherente al cargo. El interés público en este caso no solo se extiende al estado de salud, sino también a estilos de vida o comportamientos privados. La vida licenciosa de un alto ejecutivo puede llevar a comprometer la confianza del mercado en una empresa, y con ello dañar a los accionistas, aun cuando se estén tomando buenas decisiones. Por otro lado, hay evidencia que correlaciona vidas disipadas de altos ejecutivos con malas decisiones gerenciales, lo que confirma que mientras más información exista, hay más posibilidad de fiscalización y escrutinio.

La academia, los gremios empresariales y los reguladores harían bien en abrir el debate, ponderando los pro y contra en relación a qué información personal debe hacerse pública en beneficio del mejor funcionamiento de los mercados, entregado directrices más claras en un ámbito que hoy queda entregado discrecionalmente al criterio de los directorios o de la alta dirección.

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