Nueva Constitución y Derechos de Aprovechamiento de Aguas

SEÑOR DIRECTOR:
La nueva propuesta constitucional sintoniza con el nuevo Código de Aguas (2022). Ambos concuerdan en que el agua es un bien nacional de uso público, que pertenece a la comunidad toda y que en función del interés público se constituirán derechos de aprovechamiento, cuyo ejercicio puede limitarse para priorizar, por ejemplo, el consumo humano en situaciones de escasez.
El proyecto y las normas vigentes consideran, explícita o implícitamente, la necesidad de obras hidráulicas que permitan el ejercicio real de estos derechos. Las sanitarias deben hacerlo para garantizar el acceso universal al agua y saneamiento para la población, la agroindustria para la provisión de alimentos o las hidroeléctricas para disponer de energía que posibilite la telefonía móvil.
La mayoría necesitamos de otros con la capacidad de desarrollar obras hidráulicas que posibiliten el ejercicio sostenible de estos derechos de aprovechamiento para que podamos disfrutar los beneficios del agua.
Carlos Rubilar Camurri
Ex asesor Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas
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