Nueva Superintendencia de Educación Superior



Hace algunas semanas fue nombrado el primer superintendente de Educación Superior, dando con ello inicio a parte de la nueva institucionalidad que crea la ley diseñada y aprobada durante el mandato de la Presidenta Michelle Bachelet. De esta forma, el gobierno de Sebastián Piñera actúa de manera consecuente con lo que ha sido su discurso, en cuanto a construir sobre lo ya resuelto por el Congreso y de cumplir con lo que le obliga la ley, independiente de que en su momento su sector haya estado en desacuerdo con ella.

Si bien con esto se deja atrás la lógica de "retroexcavadora" que tanto daño provocó y, en cambio, se retoma la mirada de largo plazo respecto a la institucionalidad de un país, es necesario reconocer que hay una serie de aspectos relativos a esta materia que se deberán ir mejorando en el camino en aras de un buen funcionamiento del sistema de educación superior. A favor de esta idea, ya se cuenta con la experiencia de lo ocurrido con el Sistema de Aseguramiento de la Calidad en la Educación Escolar, el que llegó a un punto de excesiva intromisión sobre el actuar de los colegios, llevando incluso a que hoy el Ministerio de Educación esté trabajando en propuestas para desburocratizar la gestión escolar y devolverle mayor autonomía a la labor directiva y docente.

En esa misma línea, la ley de Educación Superior establece la entrega al Estado de amplias facultades que afectarán el quehacer y el devenir financiero de las universidades. Por un lado, mediante las atribuciones que se delegan en la Subsecretaría: fijación de aranceles y de aportes basales, la determinación de la cantidad máxima de alumnos que podrán matricular las instituciones en gratuidad, y a través de la definición de los estándares de calidad que guiarán el proceso de acreditación obligatorio para todo el sistema. Ello significa que los márgenes que circunscriben la autonomía de las instituciones -financiera y operacionalmente-, quedarán bastante difusos.

Por su parte, la nueva Superintendencia tendrá el deber de fiscalizar el uso de los recursos, así como también la consecución de los fines propios de las instituciones de educación superior y el cumplimiento de sus compromisos financieros, administrativos y académicos. Para ello tendrá la atribución para solicitar información no sólo a la institución misma, sino también a los terceros con los que ésta celebre contratos o realice operaciones, pudiendo acceder a estados financieros y realizarles recomendaciones. Junto con ello deberá atender consultas y reclamos, investigar y resolver las denuncias e imponer sanciones; todo a través de una amplia facultad de interpretar la ley.

Con todo, es claro que el desafío que enfrenta el nuevo superintendente es grande. Deberá hacer funcionar la nueva institucionalidad en concordancia con lo que determina la ley, cumpliendo diligentemente con su rol fiscalizador, pero simultáneamente acotando lo más posible los espacios difusos que ésta deja, de tal forma de entregar la mayor certeza posible a las instituciones de educación superior y minimizando la vulneración de su autonomía que impone la ley.

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