Nulidad de la Ley de Pesca



SEÑOR DIRECTOR

El pasado miércoles, la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que pretende declarar nula la Ley de Pesca, que entró en vigencia en 2013.

Sin embargo, bajo nuestro ordenamiento jurídico, el Congreso Nacional carece de competencias para anular una ley. El Congreso puede aprobar, derogar o modificar una ley, pero nunca anular vía un nuevo proyecto, invocando razones de inconstitucionalidad. Es el Tribunal Constitucional el órgano al que le corresponde pronunciarse sobre ello.

Por otra parte, no cualquier vicio en el procedimiento conduce a la declaración de inconstitucionalidad; debe tratarse de aquellos que den origen a cuestiones de constitucionalidad, que sean determinantes y alegados oportunamente, supuestos que no se configuran en el caso.

Es sumamente grave e irresponsable que nuestros legisladores se arroguen facultades que no tienen. Por lo cual, es de esperar que en la votación en sala prime el respeto por la institucionalidad.

Pilar Hazbun

Coordinadora Programa Legislativo Libertad y Desarrollo

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.