Participación constituyente



Por María Jaraquemada, oficial de Programa en Chile y países del Cono Sur de IDEA Internacional

Si uno mira el panorama comparado, la participación ciudadana se ha vuelto imprescindible e infaltable en los procesos constituyentes y, el chileno, no es la excepción. En las cuatro semanas de funcionamiento que lleva la Convención Constitucional, algunas comisiones ya están celebrando audiencias públicas -de hecho, me correspondió ir a la primera- y en su reglamento provisorio se ha establecido como regla general la escucha activa a quienes quieren presentar propuestas. No solo eso, de las ocho comisiones provisorias que se han creado, dos tratarán temas relacionados: una sobre participación popular y otra enfocada en la participación y consulta indígena.

Chile no se ha caracterizado por una institucionalidad de participación pública extensa, por eso la demanda en el proceso constituyente es más sentida; pasar de una participación casi exclusivamente electoral, a distintas formas de hacerse parte de las decisiones públicas o búsqueda de soluciones de una manera más colaborativa. Como señala el filósofo español, Daniel Innerarity, “una sociedad compleja requiere una coordinación más deliberada y proyectos como el crowdsourcing, la democracia deliberativa o la innovación abierta…”.

No hay un modelo único y perfecto de participación ciudadana y hay distintos mecanismos cuyo éxito e impacto dependerán del contexto particular y de que se realicen de modo adecuado: con tiempo, recursos y metodologías acordes. Además, debe ir de la mano de procesos de formación ciudadana y difusión, que las personas sepan cuándo, cómo y qué se somete a su participación, así como el impacto que puede tener su contribución. Por otro lado, es clave que efectivamente sea inclusiva y no que quede en manos de las mismas élites que han manejado el poder político, especialmente considerando a grupos tradicionalmente excluidos, teniendo en cuenta barreras como los canales, lenguaje, idiomas, entre otros.

Tal como indica un reciente documento de Erin Houlihan y Sumit Bisarya, la participación en procesos constituyentes puede utilizarse para iniciar un proceso de este tipo (como en Chile), para persuadir a partes reticentes a entrar a ciertas negociaciones, para establecer la agenda, para aportar ideas o propuestas a un borrador, para resolver decisiones específicas sobre el contenido constitucional y para fomentar el consenso. Y aunque no puede reemplazar la deliberación y representación de constituyentes, sí completa y acompaña este proceso.

El tiempo con el que se cuenta para la redacción de la nueva Constitución puede ser una limitante de formas más innovadoras, como asambleas de ciudadanos escogidos al azar (como Lxs 400, de Fundación Tribu) y el presupuesto o recursos humanos también. La experiencia comparada nos puede dar pautas y lecciones importantes para cumplir con las expectativas ciudadanas y, al mismo tiempo, tener un proceso fluido donde las distintas visiones, sensibilidades, demandas y sueños, se escuchen y vean representados.

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