Plazo para sentencias del TC

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SEÑOR DIRECTOR

Un reciente reportaje de La Tercera informa sobre los efectos de las demoras del TC en conocer y fallar los recursos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, en los que junto con admitirlos suspende la tramitación de las causas de base. Según cifras del propio TC sus sentencias tardarían en promedio 182 días. En la praxis algunos fallos se demoran mucho más.

Nadie duda de lo relevante de la inaplicabilidad y de la suspensión, pues de otro modo el recurso podría resultar ilusorio. El problema son las demoras del TC.

Para evitarlas, en la reforma que en 2008 y 2009 introdujo la cuestión prioritaria de constitucionalidad en Francia (que es el equivalente de la inaplicabilidad nuestra), se señaló expresamente un plazo de tres meses (90 días) para fallarla. Lo importante es que el TC francés cumple escrupulosamente el plazo.

Quizás eso podría ser objeto de la reforma proyectada al TC, o el mismo TC podría adelantarlo a través de un auto acordado o de medidas internas de buenas prácticas.

Alejandro Vergara Blanco

Profesor de DerechoAdministrativo PUC

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