Probable colapso de la justicia civil



SEÑOR DIRECTOR

Con preocupación observo la casi absoluta pasividad de los órganos colegisladores frente a un muy probable colapso de la justicia civil una vez que cese el actual estado de excepción constitucional, con el consiguiente perjuicio a los usuarios y operadores del sistema.

Como bien se sabe la Ley N°21.226, publicada en el Diario Oficial del día 2 de abril de 2020, estableció un régimen de excepción para los procesos, actuaciones y audiencias judiciales. En su artículo 6° dispone que los términos probatorios durante el estado de catástrofe se suspenderán hasta el vencimiento de los diez días hábiles posteriores al cese del estado constitucional de catástrofe.

En el ámbito civil, que es en el que me desenvuelvo, la suspensión del término para rendir prueba se ha traducido en que los tribunales no están recibiendo la prueba “presencial”, dadas las limitaciones sanitarias impuestas por la autoridad respectiva. En la actualidad, solamente se permite la prueba documental, pues se puede aportar en forma virtual al proceso.

Transcurridos cerca de 11 meses desde que se decretó el estado de catástrofe, no conozco de ninguna iniciativa legal que se haya hecho cargo de la grave acumulación de causas suspendidas en el ámbito civil.

Los actuales avances tecnológicos han demostrado que la prueba puede aportarse “virtualmente” con pleno respeto de los derechos de las partes del juicio.

Me temo que, si los órganos colegisladores no abordan este importante desafío, es muy probable que nos encontremos ante un colapso de la justicia civil con un grave perjuicio al sistema en su conjunto.

Guillermo Piedrabuena Keymer

Abogado

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