Responsabilidad social empresarial ¡ahora!

empleo


Por Hernán Frigolett, investigador del Ceder de la U. de Los Lagos y académico de la Usach

La pandemia del Covid-19 no solo es una crisis sanitaria, sino que la forma de enfrentarla a nivel mundial tiene como efecto colateral una recesión económica derivada de la estrategia cuarentenaria que se debe adoptar para poder gestionarla sanitariamente. Es en este contexto que varios países han aplicado política fiscal que simplemente consiste en realizar un planteamiento estratégico que permita a la ciudadanía enfrentar el encierro, pero manteniendo condiciones básicas de bienestar mediante apoyos de transferencias desde el Tesoro Público.

En Chile se ha recurrido a los diversos fondos de ahorro públicos y privados que se han conformado en el pasado. Así, el Fondo de Cesantía corresponde a una iniciativa de ahorro tripartita que han financiado trabajadores, empleadores y el gobierno. Su finalidad es dar protección de ingreso a los trabajadores que deben enfrentar cesantía frente a un despido por necesidades de la empresa. Dada la pandemia, se ha modificado el reglamento y ha sido posible para los trabajadores acceder al subsidio si hay un acuerdo con su empleador para suspender la relación laboral e incluso si se acuerda una reducción de la jornada laboral al 50%.

Es necesario recordar que la mayor parte de los recursos están en cuentas individuales de los trabajadores, y cuando su capital acumulado es insuficiente, entonces concurre el fondo solidario que financia el gobierno, y así el trabajador accede al subsidio íntegramente. También hay que recordar que el subsidio es decreciente desde 70% el primer mes, luego 55% y en el tercer mes es de 45%.

La iniciativa ha sido abordada de forma pactada con sindicatos o unilateralmente por empleadores, pero el contexto es siempre de protección al empleo, con acceso a fondos de los trabajadores que autofinancian su suspensión laboral, y en contrapartida el empresario obtiene un alivio a sus gastos operacionales.

Empresas pequeñas, medianas y grandes han accedido al modelo de protección. Desde la perspectiva de la responsabilidad social empresarial, el desafío ético es el de enfrentar la crisis con empatía social, que simplemente consiste en que los costos económicos de la pandemia se distribuyan de manera justa.

Así, en sociedades anónimas abiertas, que en Chile corresponden a las empresas más grandes del país, lo esperable es la austeridad de modo de cautelar la liquidez y solvencia de la empresa más aún cuando los trabajadores están haciendo un esfuerzo económico importante recurriendo a sus ahorros. Así, el reparto de dividendos tiene que postergarse hasta que la economía inicie la fase de normalización, incluyendo por cierto el retorno de los trabajadores con relación laboral suspendida. Insistir como se ha hecho en la distribución de dividendos es un abuso económico que consiste en descapitalizar un fondo social para financiar las utilidades que se distribuyen y arriesgar además la continuidad laboral a la que concurren solidariamente los trabajadores haciendo uso de sus fondos en el seguro de cesantía.

El Senado ha actuado de forma ética de acuerdo con su mandato social y ha establecido que las empresas que se acogen al sistema de protección del empleo deben aportar lo propio y postergar la distribución de dividendos. Como la responsabilidad social empresarial no ha funcionado, se ha transformado en una obligación. Más aún, en Europa, las empresas y también sus directores, no pueden tener matrices, filiales o inversiones en paraísos fiscales que son fuente de elusión tributaria y debilitan el Tesoro Público de los países, si solicitan que fondos fiscales apoyen la solvencia de las empresas en esta crisis. Sin duda que esta es la ocasión en la que la responsabilidad social debe quedar reflejada en las acciones, porque las declaraciones en las memorias empresariales son solo prédica.

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