Tributación de plataformas digitales



SEÑOR DIRECTOR

Diferentes propuestas ha recibido el gobierno sobre cómo deben tributar las plataformas digitales, tales como Netflix, Amazon y Spotify.

A pesar de que el mundo virtual no reconoce fronteras, la legislación impositiva chilena cubre todas las opciones. El problema es cómo detectar y recaudar los impuestos a millones de personas. Ahora, si se desea gravar con un impuesto en particular, deberán automáticamente derogarse todos los otros impuestos que la gravan, creando un régimen preferencial y especial.

Pero más aún, para emparejar la cancha con las empresas establecidas en Chile, los impuestos de las propuestas necesariamente tendrán que ser inferiores al régimen general chileno, y la única forma de recaudarlo será por medio de las tarjetas de crédito o similares.

En definitiva, el impuesto especial obedecerá exclusivamente a la incapacidad de controlar y recaudar los impuestos que de acuerdo al sistema chileno son de autodeclaración.

En unos pocos años, con el avance exponencial de la tecnología, el problema será de fácil solución: la nube virtual procesará todos los servicios digitales y en la pasada le retendrá un impuesto al pago del servicio con tasa de 3 o 5% (impuesto al ingreso no utilidad), lo enviará al recaudador fiscal del país del que solicita el servicio y el saldo a la empresa que lo presta.

¿Emparejar la cancha hoy será una tarea viable?

Lo único seguro es que dadas las altas tasas impositivas en Chile ninguna empresa de esta naturaleza hoy y menos en el futuro se instalará en nuestro país. El resto es solo sueño o quizás voluntarismo.

Franco Brzovic G.

Abogado

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