Ucrania y reforma de Naciones Unidas



SEÑOR DIRECTOR

El sistema creado por la Sociedad de las Naciones, antecesora de Naciones Unidas, al término de la Primera guerra Mundial, no logró evitar el uso de la fuerza. Recién con la creación de Naciones Unidas en 1945 se estableció en su primer artículo la prohibición del uso de la fuerza, con excepción del derecho inmanente de legítima defensa. Lo que se buscaba era evitarle a las nuevas generaciones los flagelos de la guerra.

La humanidad pretendía que los conflictos se resolvieran por medios pacíficos, a través de mecanismos multilaterales y el Derecho internacional. Se intentó estructurar un mundo reglado, quedando los países sujetos a la jurisdicción de la ONU. La comunidad de los pueblos hizo un depósito de confianza en el principal organismo mundial, a fin de preservar el bien supremo de la humanidad: la paz universal.

La invasión de Rusia a Ucrania, un país independiente y soberano, representa la vulneración más grave de los principios de la ONU y los parámetros civilizatorios basados en la legalidad internacional, y ha generado una firme condena mundial. Occidente ha impuesto a Rusia severas sanciones económicas, comerciales y diplomáticas, en repudio a tamaña degradación que interpela la conciencia moral de la humanidad.

Urge que se imponga la racionalidad y la diplomacia para resolver el conflicto y evaluar, como medida punitiva, la suspensión o expulsión de Rusia de la ONU, atendida la gravedad de su acción violatoria y conforme a los artículos 5 y 6 de la Carta, e impulsar la reforma pendiente al sistema de Naciones Unidas, en especial al Consejo de Seguridad, ampliando el número de miembros permanentes, con equilibrio regional y regular el ejercicio del derecho a veto.

Nelson Hadad Heresy

Profesor de Derecho Internacional y RR II. Ex embajador

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