Umbral, fusión y disolución de partidos políticos
SEÑOR DIRECTOR:
Para disminuir la fragmentación, la Comisión Experta ha propuesto, correctamente, obtener como mínimo un 5% del total de los votos a nivel nacional para que un partido político (PP) pueda ingresar al Parlamento. Junto con esta norma, eso sí, deben discutirse nuevas reglas referidas a su fusión y disolución.
Primero, alarmados por el umbral, algunos PP ya están solicitando largos plazos de transición antes de su vigencia o la posibilidad de federarse con otros partidos. Estas demandas deben desestimarse. Por una parte, reducir la fragmentación es un objetivo más importante que asegurar la permanencia de algún PP en el Congreso. Por otra, las federaciones convertirían al umbral en una norma inútil. En cambio, podrían formularse normas de transición para que los PP interesados puedan fusionarse con facilidad antes de las próximas elecciones parlamentarias.
En segundo lugar, los PP que no alcancen el umbral deben sobrevivir jurídicamente y mantener todos los cargos obtenidos elecciones locales (v.g., gobernadores, alcaldes y concejales), mientras se fortalecen para intentar superarlo en la siguiente elección parlamentaria nacional. En este sentido, la actual regla de disolución automática de PP -cuando no consiguen el 5% de los votos en la última elección de diputados, en cada una de a lo menos ocho regiones o en cada una de a lo menos tres regiones contiguas-, debe ser eliminada o relajada sustancialmente, dado que tiene muchas desventajas y pocos beneficios institucionales. En cambio, debieran hacerse más exigentes las reglas para constituir un PP en primer lugar, junto con someter su sobrevivencia al hecho de que se presenten continuamente a elecciones parlamentarias nacionales.
Augusto Wiegand Cruz
Doctor(c) en Derecho Constitucional
Universidad de Regensburg
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