Venezuela y la Corte Penal Internacional

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Foto: EFE


Cinco Latinoamericanos, Argentina, Colombia, Paraguay, Perú y Chile, junto a Canadá, han solicitado que Venezuela y su régimen, sean analizados por la Corte Penal Internacional (CPI). Un hecho novedoso por ser Estados los denunciantes, y que inicia un nuevo desafío para dicho Tribunal. Fue creado por el Estatuto de Roma en 1998, y está en vigor desde el 2002. No puede conocer de casos anteriores ni con retroactividad. Tiene competencia para juzgar los más graves crímenes internacionales, como el genocidio, los de lesa humanidad, los de guerra y la agresión desde el 2010. Todos ellos ya contaban con normas internacionales tipificadas en Tratados vigentes; y faltaba la agresión, contenida en la Resolución 3314 (XXIX) de 1974, muchas veces aplicada en Naciones Unidas, y que estaba pendiente de ser incorporada a la competencia del Tribunal. Éste representa el más actualizado sistema para juzgar y condenar a los responsables individuales de tales crímenes, sin ser la primera vez de que personas resultan procesadas, pues tiene como antecesores, los Tribunales de Nüremberg, y de Tokio, para los criminales de la última guerra; y los creados por el Consejo de Seguridad, para la Ex Yugoeslavia o Ruanda, en sus respectivos conflictos. Es importante destacar que la Corte tiene como sede La Haya y sólo está relacionada con las Naciones Unidas, sin ser su órgano judicial principal como lo es la Corte Internacional de Justicia, la que sólo juzga a Estados y no individuos como la CPI.

No se ha especificado ni mencionado, por ahora, a venezolanos presuntamente responsables en la presentación de estos países al Fiscal de la Corte, quien puede abrir la investigación, identificarlos, y elevarla a su conocimiento. Otro tanto pueden hacer los Estados de la Asamblea del Estatuto de Roma, o por decisión del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. La Corte lo conocerá de manera complementaria a la jurisdicción de Venezuela, y en la medida en que no hubieren recibido el adecuado juzgamiento y sanción. Resulta más que probable que el sistema judicial venezolano, que nunca ha condenado a ningún funcionario del Estado que pertenezca al régimen chavista, lo haga en los casos sometidos. De ahí la decisión de los denunciantes de presentar el asunto ante la Corte Penal.

Deberá seguirse un debido proceso cuidadosamente reglamentado en sus etapas. El país acusado y sus responsables, tendrán pleno derecho a defenderse ante la Corte, si es que deciden comparecer. De no hacerlo, igualmente se puede emitir una sentencia condenatoria que compromete a los Estados Partes del Estatuto. Venezuela lo ratificó el 7 de junio de 2000. Las acusaciones son de cometer torturas y detenciones arbitrarias, vale decir, calificados como crímenes de lesa humanidad.

Sin duda son acusaciones graves de violación de las normas internacionales aplicables, aunque también existan consideraciones de orden político, las que están en concordancia con las decisiones del conocido como Grupo de Lima, del que Chile forma parte, y que desde hace largo tiempo, ha denunciado la crítica situación de Venezuela, las violaciones a los derechos humanos, las represiones, los presos políticos, y el quiebre del sistema democrático institucional. Por su parte, también ha habido, recientemente, acciones de reacción igualmente políticas por parte del régimen de Maduro, y sus reiteradas acusaciones a algunos países de la región, entre ellos a Chile, de haber participado en el denunciado atentado contra su vida. Una acusación sumamente seria, pues se trataría, de ser comprobado, de un hecho particularmente grave y de consecuencias trascendentes si no se ajusta a la verdad.

El caso ante la Corte sólo se ha decidido presentar, y corresponderá materializarlo por la Fiscalía y el propio Tribunal. Son procesos sumamente largos y difíciles, seguramente de años. Tampoco hay certezas de su desenlace ni de la efectividad de las condenas, si así lo decidiera la Corte. Resulta emblemática la condena, al actual y en ejercicio Presidente de Sudán, por los crímenes cometidos en Darfur, hoy territorio perteneciente a Sudán del Sur. Sigue circulando por los países que no reconocen la Corte Penal ni su Estatuto, lo que resulta una flagrante burla de un Tribunal y de un sistema, que tanto ha costado establecer, y que forma parte de una de las formas más estructuradas de protección y sanción a los culpables, que violan gravemente los derechos humanos mediante los más repudiables crímenes internacionales.

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