A diferencia de SQM y Penta, fiscalía busca condenar a Corpesca

angelini-1023x573
Roberto Angelini, presidente de Corpesca.

Fiscal Julio Contardo notificó a la empresa del grupo Angelini que una suspensión condicional del procedimiento para la pesquera está descartada.


La fiscalía piensa distinto a lo que el propio presidente de Corpesca, Roberto Angelini, señaló en una carta enviada a accionistas este año, y donde se refiere a la investigación por cohecho contra la pesquera: "La empresa, como tal, es totalmente ajena", dijo el controlador de la firma.

El fiscal regional del Biobío, Julio Contardo, de hecho, notificó la semana pasada a los abogados defensores de la empresa que no le facilitará una suspensión condicional del procedimiento.

La notificación implica que el Ministerio Público espera condenar a la empresa e imputarle, como persona jurídica, responsabilidad en los delitos de cohecho y soborno presuntamente cometidos por el exsenador Jaime Orpis y el exgerente general de la pesquera, Francisco Mujica.

"Efectivamente. Le fue comunicado al abogado de la empresa, que no se va a arribar a una suspensión condicional", señala a La Tercera el fiscal Contardo.

Este miércoles, los fiscales a cargo del caso, Contardo y Ximena Chong, presentaron ante el Cuarto Juzgado de Garantía la acusación del caso, donde no solo se pide 21 años de pena para el exsenador gremialista, sino que también se incluye una acusación contra la responsabilidad de la empresa, donde se solicita como pena el pago de 20 mil UTM ($950 millones) y la prohibición de que la compañía pueda celebrar contratos con el Estado.

Según señalan fuentes ligadas a la causa, la fiscalía barajó la opción de solicitar, incluso, la disolución de la empresa -pena contemplada en la ley-, pero tras el análisis jurídico, se determinó que técnicamente no correspondía.

La definición de los fiscales también fue notificada a la Fiscalía Nacional, en cuya instancia Jorge Abbott habría apoyado la ofensiva judicial.

Imputar penalmente a Corpesca por su responsabilidad como persona jurídica marca una diferencia con el resto de las causas relacionadas con financiamiento irregular de la política. En el caso de SQM, los fiscales y la defensa de la empresa arribaron a una suspensión condicional del procedimiento respecto de la responsabilidad de la minera en los aportes que su ex gerente, Patricio Contesse, autorizó a personas cercanas al exministro Pablo Longueira.

En el caso Penta, en tanto, la Fiscalía Oriente visó la recalificación del delito de cohecho imputado a los controladores, Carlos Délano y Carlos Lavín, y a su ex ejecutivo, Pablo Wagner.

En ese sentido, la experta en modelos de prevención del delito, Susana Sierra, afirma que es justamente Corpesca la causa donde el cohecho -delito base para imputar responsabilidad penal a una empresa-, se ve más nítido. "Si en este caso no se puede seguir, ¿entonces dónde? Esta causa está de cuento. Están los correos electrónicos, y está bien estructurado el cómo la empresa influyó en la Ley de Pesca", opina la abogada. "Yo creo, y quiero pensar, que los fiscales siempre tienen la voluntad de imputar la responsabilidad", agrega sobre la diferencias con los casos Penta y SQM. "En estos casos, si bien formalizaron por responsabilidad penal de la persona jurídica, tenían menos de donde afirmarse", enfatiza.

La fiscalía, por su parte, no descarta que para condenar a la empresa se tenga que hacer vía juicio oral. Esto, pese a que no se cierran a llegar a un procedimiento abreviado. Y si bien reconocen que la empresa prestó colaboración con la investigación -un atenuante a considerar-, no coinciden en que esta contaba con un sistema de prevención del delito adecuado. Según la Ley 20.393, es la introducción de ese método en una empresa la que contribuye a eximirla penalmente.

Así, el propio Angelini anticipó el escenario de un posible juicio cuando en la carta enviada a sus accionistas, y contenida en la memoria de la empresa, se refirió al tema. "Bajo supuestos incumplimientos a la Ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, se argumentó que la compañía no contaba en aquella época con las medidas de prevención requeridas por la ley. Desde el comienzo de la investigación, Corpesca ha aportado con todos los antecedentes solicitados, los que, a nuestro juicio, demuestran que efectivamente se contaba con dichas medidas y, por ende, se daba cumplimiento a lo dispuesto en la normativa".

"Precisamente es esta materia la que se debatirá en un juicio futuro, donde el Ministerio Público debe probar los hechos en que funda su acusación", sentenció.

La partida de Contardo

Según el cronograma de la causa, el fiscal regional del Biobío no alcanzará a comandar el juicio oral en contra de Orpis y, de no llegar a acuerdo, tampoco contra la propia empresa.

Según explican conocedores de la causa, el juicio podría comenzar en agosto. Sin embargo, el fiscal Contardo culminará en julio su período de ocho años como autoridad regional del Biobío.

En ese sentido, será el fiscal nacional quien deberá asignar la causa a otro persecutor. El equipo de fiscales a cargo de la causa que radica en la fiscalía de Alta Complejidad de la Centro Norte -y que comanda Chong-, en tanto, se mantendría.

Tras asumir el mando en 2015, Abbott designó a Contardo a raíz de que el fiscal regional Centro Norte de entonces, Andrés Montes, se había inhabilitado por su parentesco con el senador PS, Carlos Montes.

Fuentes de la fiscalía explican que la causa podría quedar en manos de su sucesor en el Biobío o a cargo del recién nombrado persecutor regional Centro Norte, Xavier Armendáriz.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.