Servel informa que el 26 de febrero comienza el periodo oficial de propaganda para el plebiscito constituyente de abril

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La Ley establece que 60 días antes de una elección puede iniciar el periodo de campaña, el cual se extenderá hasta tres días antes del día en que se lleven a cabo los comicios.


El Servel dio a conocer esta jornada la fecha en que comienza oficialmente el periodo de campaña para el plebiscito constituyente del 26 de abril de este año, cuando los chilenos acudan a las urnas a decidir si quieren o no cambiar la Constitución actual y mediante qué mecanismo. 

La Ley establece que 60 días antes de una elección puede iniciar el periodo de campaña, el cual se extenderá hasta tres días antes del día en que se lleven a cabo los comicios. En el caso del plebiscito de abril habrá dos opciones en la papeleta: "apruebo" y "rechazo".

"La legislación electoral chilena trata separadamente lo que es el financiamiento de las campañas electorales, de la propaganda electoral. Lo primero, no ha quedado regulado en la última Reforma Constitucional pero lo segundo, es decir, lo relacionado con la propaganda está regulado por la Ley 18.700 que establece que la propaganda puede realizarse desde el día 60 antes del plebiscito hasta el tercer día anterior al plebiscito, vale decir, entre el 26 de febrero y el 23 de abril, toda propaganda que se haga fuera de este plazo, está incumpliendo la ley y por ende puede ser sancionada", explicó el presidente del Consejo Directivo de Servel, Patricio Santamaría.

Reglas

Desde el organismo explicaron que podrá realizarse propaganda electoral "en los espacios que, de acuerdo a la Ordenanza General de la ley General de Urbanismo y Construcciones, puedan ser calificados como plazas, parques u otros espacios públicos y que estén expresamente autorizados por el Servicio Electoral".

Será el Servel el encargado de regular la distribución de los espacios "velando por el uso equitativo de ellos y con el fin de no entorpecer el uso de estos espacios por la ciudadanía. Además, se contempla propaganda en medio de prensa y radioemisoras que hayan informado previamente sus tarifas al Servicio Electoral".

Indican también que la propaganda también puede efectuarse en sitios privados "mediante carteles, afiches o letreros, siempre que medie autorización escrita del propietario". Sin embargo, no se podrá realizar campaña en "bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público, tales como vehículos de transporte de pasajeros, paradas de transporte público, estaciones de ferrocarriles o de metro, o postes del alumbrado, del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza".

Incumplimiento de plazos

El Servel explica además, qué pasa con quienes inicien campaña antes del 26 de febrero. "En casos de que se reporten indicios de adelantamiento de la propaganda electoral, el Servicio Electoral, conforme a sus facultades, realizará una investigación de los hechos, cuyo resultado podrá determinar la apertura de un procedimiento administrativo sancionador y una eventual aplicación de multas, la que podrá ascender de 20 a 200 UTM, para quien haya realizado la propaganda", indicaron.

Para agregar que "en el evento que dicho adelantamiento se haya efectuado en prensa o radioemisoras, el Director responsable del medio podrá ser sancionado con multa de 10 a 200 UTM. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión, todo esto si es que el proceso sancionador concluye que efectivamente hubo responsabilidad en los hechos investigados".

Cabe recordar que esta jornada diputados del PS acudieron hasta las oficinas del organismo para denunciar a José Antonio Kast, líder del Partido Republicano, por iniciar campaña en contra de la nueva Carta Magna fuera de plazo, pidiendo la "sanción máxima" de 200 UTM "por cada acto de propaganda" que cometió fuera del periodo legal.

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