Hacienda interviene en reforma constitucional que regula protección de datos personales

Ministerio de Hacienda

Teatinos 120 se hizo parte del debate de la moción que "constitucionaliza" el régimen de protección de datos personales, ingresando una indicación sustitutiva. Proyecto en segundo trámite fue despachado por la Comisión de Constitución a la Sala de la Cámara.




Por un carril distinto al proyecto de ley que actualiza la regulación de la protección de datos personles en el país, en el Congreso ha avanzado de manera silenciosa una moción parlamentaria que consagra dicho derecho en la Constitución.

La reforma -cuyos autores son los senadores PPD Felipe Harboe, Ricardo Lagos Weber y Eugenio Tuma, junto al independiente Pedro Araya y al UDI Hernán Larraín- ingresó a trámite en junio de 2014 y fue aprobada por el Senado en marzo de 2015. Luego fue despachada a la Cámara de Diputados, siendo remitida a la Comisión de Constitución, la cual la incluyó dentro de sus prioridades legislativas.

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Atendido el escenario de que la reforma constitucional dotaría de obligatoriedad general al régimen de protección de datos personales, el Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda decidió intervenir en la discusión, patrocinando la iniciativa con urgencias y comprometiendo una indicación sustitutiva.

De acuerdo a un informe elaborado por la cartera que dirige Nicolás Eyzaguirre que se hizo llegar a los diputados, la reforma constitucional recoge las experiencias del derecho comparado y la tradición jurídica sobre la materia, por lo que "el Ejecutivo coincide con la propuesta de los señores senadores que la opción más acertada es la consagración de un derecho fundamental: "el derecho a la protección de los datos personales".

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El documento afirma que la protección de los datos personales se trata de un derecho fundamental distinto, pero vinculado al derecho a la privacidad o a la intimidad de las personas, entendidos como el derecho a proteger a las personas de la intromisión de terceros respecto a un ámbito privado o íntimo.

Hacienda añade que el derecho a la protección de los datos personales considera que la información de carácter personal debe estar bajo la esfera de control de su titular, favoreciendo su protección frente a toda intromisión ilegítima de terceros.

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Concluye que la reforma constitucional debe ser concisa y no requiere detallar cada derecho consagrado, ya que existen modificaciones por cambios tecnológicos (como por ejemplo los nuevos derechos vinculados con internet).

Por lo anterior, Teatinos 120 propuso a los diputados una indicación sustitutiva que acota la redacción de la moción parlamentaria. Por un lado mantiene el Artículo 19 de la carta magna en los términos de que "La Constitución asegura a todas las personas: el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia". Por otra parte, al mismo artículo agrega: "Asimismo, la protección de sus datos personales. El tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley".

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La reforma con la indicación del Gobierno fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Contitución antes del receso estival, siendo despachada a la Sala de la Cámara de Diputados para que ésta la revise en marzo.

El principal impulsor de la reforma, el senador Harboe coincidió con la indicación presentada por el Ejecutivo y manifestió que la moción servirá de "paraguas" para el proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales.

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