Secreto y reserva bancaria puesto en duda

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El Senado se encuentra discutiendo un proyecto de ley que moderniza la legislación bancaria, actualizando la normativa chilena a los estándares internacionales, en específico respecto al cumplimiento de los requerimientos de capital sugeridos por Basilea III, que permitirán a las empresas bancarias de nuestro país alcanzar mayores grados de solvencia y liquidez.

Si bien existe consenso respecto al contenido del proyecto y a la necesidad de la pronta aprobación de la iniciativa, hay una materia que no necesariamente dice relación con el fundamento del proyecto, que ha generado el rechazo de parlamentarios de Chile Vamos durante toda la tramitación legislativa. Se trata de la protección que le otorga la legislación nacional a la información bancaria de los clientes.

El proyecto propuesto por el gobierno de la ex Nueva Mayoría incluyó dentro de sus modificaciones a la Ley General de Bancos y a la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, dos aspectos referentes a esta materia: En primer lugar, se presume como interesado legítimo, para efectos del levantamiento de la reserva bancaria, tanto al Servicio de Impuestos Internos como a la Unidad de Análisis Financiero. Y, en segundo lugar, se elimina la "estricta reserva" respecto de terceros que tiene hoy en día el movimiento de cuenta corriente y sus saldos.

En cuanto a la presunción de interesado legítimo que el SII y la UAF tendrían, en el ejercicio de sus funciones, para acceder a la información sujeta a reserva bancaria, fue la propia Corte Suprema, en oficio enviado con fecha 10 de enero al Congreso, la que considera al menos cuestionable esta presunción, señalando que esta circunstancia debe ser materia de prueba y de resolución de la judicatura competente. De otra manera, el SII y la UAF estarían en una situación de privilegio absoluto y, como contrapartida, el ciudadano estaría en una situación de indefensión.

Por su parte, la llamada "estricta reserva" respecto de terceros del movimiento de cuenta corriente y sus saldos ha sido declarado por la doctrina, en la práctica legal, como sujeto a secreto bancario, y con su eliminación, quedarían protegidos únicamente por la reserva bancaria, estándar inferior a la protección actual que se le otorga.

De esta forma, las modificaciones que establece el proyecto proponen un notorio debilitamiento a la protección que supone el secreto bancario en Chile, contraviniendo nuestra Carta Fundamental, la cual protege la vida privada -dentro de la cual se engloban las comunicaciones y documentos privados-, y, por extensión, la privacidad en las transacciones bancarias. Aquella es una consagración constitucional en nuestra legislación del secreto bancario, al referirse a la intimidad o privacidad de un cliente, en un aspecto económico.

Es de esperar que en las indicaciones que presente el nuevo Ejecutivo elimine las normas incorporadas en la Cámara de Diputados, con el objeto de encausar el proyecto en su eje principal, el cual es actualizar la legislación chilena a los estándares de solvencia y liquidez de Basilea III, y no innovar en materia de secreto o reserva bancaria.

*Director área legislativa Fundación Jaime Guzmán

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