SMU rechaza fallo de la Corte Suprema y califica a la multa de “desproporcionada”

SMU, Unimarc

A través, de un comunicado SMU afirmó que “no compartimos el fallo porque tenemos la profunda convicción de no haber participado en ninguna coordinación de precios con nuestros competidores”.


SMU, empresa controlada por Corp Group, al igual que Copesa, que edita La Tercera, rechazó la multa impuesta por la Tercera Sala de la Corte Suprema en el fallo del caso supermercados por la colusión en el precio del pollo.

La sanción inicial, que data del año pasado y que fuera impuesta por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, (TDLC), alcanzaba las 13.947 Unidades Tributarias Anuales (UTA), para las tres empresas, que al tipo de cambio actual son cerca de US$9,9 millones de dólares.

Sin embargo, la Corte Suprema aumentó la multa en 120% a 29.568 UTA, unos US$21,1 millones.

En el caso de SMU, empresa controlada por Corp Group, al igual que Copesa, que edita La Tercera, la multa paso de 3.438 UTA a 6.876 UTA.

A través, de un comunicado SMU afirmó que “no compartimos el fallo porque tenemos la profunda convicción de no haber participado en ninguna coordinación de precios con nuestros competidores”.

Además, la firma detalló que ingresó a la industria supermercadista en 2007 con una participación de 4%, en un mercado altamente concentrado en dos actores. “En ese escenario, no hace ningún sentido creer que SMU podría concertarse con otros actores supermercadistas dominantes, dado que el propósito era crecer y ganar participación de mercado. Por lo tanto, un acuerdo hubiera significado renunciar al propósito de alcanzar un tamaño que le permitiera a la compañía ser sostenible en el largo plazo”, explicó la compañía.

Por último, la firma calificó la multa como “desproporcionada”, respecto a la real participación que tuvo SMU en el mercado durante el período que señala el fallo (2008-2011).

“Cabe destacar que esta sentencia tiene relación con hechos ocurridos hace doce años atrás, entre 2008 y 2011, cuando SMU era un entrante. Sin embargo, este fallo y para efecto del cálculo de las multas, le atribuye una participación de 20,5%, es decir, tres veces superior a la que realmente contaba durante el 94% del periodo mencionado, porcentaje que solo obtuvo a fines de septiembre de 2011, luego de la fusión con Supermercados del Sur”, manifestó la empresa.

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