Los alcaldes que fallaron el test de las nuevas leyes electorales

Tras el debut de la nueva normativa electoral y las nuevas atribuciones del Servel, las municipales de 2016 fueron el primer test para los candidatos. Poco más de 30 alcaldes en ejercicio fueron multados por incumplimiento a las regulaciones de propaganda.


El cambio fue evidente en las calles. Del "bombardeo" de propaganda en veredas, postes y gigantografías por doquier a "palomas" solo en determinados espacios públicos y de tamaños determinados. Muchos, incluso, alegaron que no parecía período de campaña.

Esto, porque las pasadas municipales -y las respectivas primarias- de 2016 fueron el debut de las reformas al sistema electoral que se promulgaron ese año después de los escándalos por financiamiento de empresas a diversas campañas políticas y que, entre otras cosas, fijó un menor gasto electoral y se decidió que no existirían aportes de personas jurídicas. Además, delimitó el despliegue de propaganda en espacios públicos y privados.

Asimismo, le otorgó mayores facultades fiscalizadoras y sancionatorias al Servicio Electoral. De esa manera, dicho organismo pudo aplicar sanciones a los candidatos que incumplieran las nuevas normativas de propaganda y gasto electoral.

Desde 200 UTM a 5 UTM -lo que a precio de este mes equivaldría a $ 9.479.200 y $ 236.980, respectivamente. Así fluctúan las multas que el Servicio Electoral aplicó por primera vez a los candidatos a alcaldes y concejales que compitieron en las pasadas elecciones primarias de alcaldes y en los comicios municipales de octubre de 2016 por concepto de "propaganda", las que fueron investigadas a partir de denuncias ciudadanas o de la fiscalización del propio Servel.

En lo que fue la primera "prueba" de las nuevas normativas de propaganda, del total de 627 multas que fueron aplicadas a candidatos -a concejales y alcaldes- y terceros, como directores de radios que emitieron propaganda fuera de plazo o dueños de vehículos de transporte colectivo que dispusieron avisaje de candidatos, lo que no está permitido, 381 tienen el carácter de "procedimientos ejecutoriados", es decir, el candidato o infractor fue notificado de la sanción y no reclamó ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) -lo que puede hacer dentro de los cinco días- una vez o lo hizo y dicha instancia ya falló: es decir, mantuvo la multa, la rebajó o la declaró inválida, según información del Servel solicitada vía Transparencia.

El resto de los casos aun se encuentra en revisión por parte del Tricel. Un ejemplo es el caso del alcalde de Ñuñoa, Andrés Zarhi (ind. ex RN), a quien el Servel multó con 160 UTM -una de las más altas- y 40 UTM. La primera por propaganda en lugares no habilitados, fuera de plazo y por exceder el máximo de propaganda permitida para el candidato (fue reclamada ante el Tricel, pero aún no existe una sentencia).

Las infracciones más recurrentes fueron realizar propaganda fuera de plazo -es decir, "palomas" que se dispusieron antes de los 30 días previos al día de los comicios y después de tres días previos- y también realizar propaganda en lugares no autorizados por el Servel, servicio que en las pasadas municipales delimitó a determinados espacios públicos -plazas y parques en general- como aptos para que los candidatos pusieran sus carteles y gigantografías, entre otros elementos de propaganda.

Entre los multados se encuentran poco más de 30 alcaldes en ejercicio. José Manuel Palacios (UDI), de La Reina, fue multado con 80 UTM por propaganda fuera de plazo; Germán Codina (RN), de Puente Alto, con 40 UTM por carteles en espacios privados que excedían las dimensiones autorizadas; Jorge Sharp (Movimiento Autonomista), de Valparaíso, deberá pagar una multa de 20 UTM por aportes de campaña que no se consignaron correctamente en el sistema de recepción de aportes del Servel, y Claudio Castro (DC), de Renca, quien fue penalizado con 80 UTM por propaganda fuera de plazo, pero apeló al Tricel, instancia que redujo la multa a 20 UTM, entre otros (ver recuadro).

Según explican en el Servicio Electoral, los infractores, sean candidatos o terceros, dependiendo del tipo de infracción, deben pagar su multa en la Tesorería General o en los respectivos municipios. El Servel no se encarga del cumplimiento del pago de las multas.

A continuación, un ranking con los candidatos a alcaldes y concejales que suman las multas más altas y las sanciones aplicadas a los principales alcaldes en ejercicio del país. Todas están en la categoría de "ejecutoriadas", es decir, ya no tienen derecho a reclamar al Tricel, o bien, la reclamación ya tuvo sanción.

Además, un ranking de los partidos con candidatos más multados (datos no contemplan reclamaciones al Tricel).

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