Control Preventivo de Identidad: gestión de la marginalidad y disidencia

El director del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Gonzalo Medina, cuestiona la aprobación por parte del Senado de la ley que crea el "control de identidad preventivo". A su juicio, esta potestad no solo resulta ineficaz para mejorar la labor de las fuerzas policiales, sino que se puede transformar en una herramienta para reprimir a sectores minoritarios de la sociedad.




El Senado aprobó recientemente una nueva disposición legal que crea el denominado control de identidad preventivo, por medio del cual un agente policial puede solicitar a cualquier persona su identificación, y en caso de negarse o que se dificulte la identificación, lo faculta para conducirlo a una unidad policial donde puede retenerlo por varias horas.

Con esta nueva facultad se pretende dotar a los órganos policiales de las herramientas adecuadas para perseguir a la criminalidad y hacer frente a la existencia de múltiples sujetos con órdenes de detención pendientes. La verdad es que nada de esto se cumple, pues la herramienta no es útil para las finalidades pretendidas y solo constituye una enorme puerta para un ejercicio arbitrario de la actividad policial.

En efecto, suele afirmarse que es la falta de facultades de las policías lo que genera una ineficiencia del sistema de persecución criminal en nuestro país, pero si se revisan bien las facultades hoy existentes, y el uso que de ellas se hace, es posible constatar que este nuevo control es totalmente innecesario. Así, Carabineros anuncia en enero de este año un operativo masivo que había dejado 923 detenidos, muchos de ellos con ordenes de detención pendientes. Estos operativos masivos, por medio de control de identidad, no requirieron de la introducción de un nuevo control preventivo como el que se busca.

El sistema de control de identidad aún vigente tiene parámetros de examen de la actividad policial, que implican que solo se puede controlar cuando existen ciertos elementos que lo justifican. El nuevo procedimiento aprobado por el Senado prescinde de cualquier elemento de juicio, pues solo basta con la arbitraria voluntad del policía para que sea procedente, e incuestionable. Con ello nuestros legisladores superan con creces la denominada Ley Hinzpeter, y aún más, llegan en cierto modo a sobrepasar también la lamentable detención por sospecha vigente aún al comienzo del retorno a la democracia.

No es difícil prever en qué contexto será utilizado preferentemente este nuevo mecanismo, pues todo nuestro sistema de justicia penal parece ser una exaltación del fenómeno de desigualdad social que impera en nuestro país. La mayoría de los casos de criminalidad que son perseguidos y sancionados en este país, tienen como sujeto perseguido a alguno perteneciente a los sectores más desfavorecidos de nuestra sociedad.

Así, la nueva herramienta será con probabilidad utilizada como otro elemento de gestión de la marginalidad y la disidencia en el país. Manifestaciones sociales, jóvenes, minorías sexuales o migrantes, ejemplos han salido recientemente a la luz, serán los objetos predilectos de control en una sociedad guiada por la falta de empatía y reconocimiento del otro, animada por miedos y prejuicios. El control preventivo no será en modo alguno una forma de enfrentar la criminalidad, sino de subyugar a ciertos segmentos de nuestra población.

Con esta vía una vez más damos la espalda a la necesidad de hacernos cargo de los problemas reales que enfrenta nuestro sistema de justicia penal, la falta de coordinación de sus diversos integrantes, la necesidad de mejorar la formación de nuestra policías y la visión integral de los asuntos relativos a la seguridad humana en todas sus dimensiones. Esta forma de responder con medidas efectistas tiene consecuencias que las sociedades deben pagar, pues aumenta y profundiza las fracturas sociales, precisamente el camino que nuestro nación intenta revertir.

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