Último pago de devolución de impuestos: revisa si te corresponde por la Operación Renta 2023

Operación Renta 2023: cuándo es la devolución de impuestos. Foto referencial.

Conoce las fechas de los pagos de los contribuyentes, en relación a cuándo hicieron la gestión.


La Operación Renta 2023 se realizó en abril, donde el Servicio de Impuestos Internos (SII) presentó una propuesta al contribuyente respecto a sus tributos del año anterior.

En este proceso, los participantes declaran sus ingresos del 2022, a través de documentos, que para esta ocasión se modernizaron de acuerdo a la Ley 21.210, propia a la legislación tributaria.

Asimismo, luego de un plazo designado, cada usuario recibe el pago correspondiente, de acuerdo al monto tributado por cada trabajador.

Operación Renta 2023: cuándo es la devolución de impuestos. Foto referencial.

¿Cuándo es la devolución de impuestos 2023?

Para esta Operación Renta 2023, los plazos de la devolución de impuestos son los siguientes:

  • 20 de abril: quienes declararon renta hasta el 8 de abril.
  • 15 de mayo: quienes declararon renta entre el 9 y el 27 de abril.
  • 29 de mayo: quienes declararon renta entre el 28 de abril y 10 de mayo.
  • 30 de mayo: para quienes eligieron cheques como medio de pago.

¿Cuáles son las formas de pago?

La Tesorería General de la República cuenta con las siguientes formas para hacer efectiva la devolución de impuestos, según la información de ChileAtiende:

  • Depósito en una cuenta bancaria, ya sea corriente, de ahorro a plazo, Vista o CuentaRUT que posea el contribuyente.
  • Cheque enviado al domicilio del contribuyente.
  • Si los datos de la cuenta corriente, de ahorro o Vista están ingresados, se puede cobrar la devolución en las cajas de sucursales de BancoEstado Express y en BancoEstado.

¿Quiénes deben declarar renta?

La declaración de renta aplica a las personas que durante el 2022:

  • Tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (excepto que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Aquellos que tuvieron más de un empleador.
  • Trabajadores a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
  • Aquellos que realizaron el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en su AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 21.295, y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($22.482.000).
  • Personas que quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario, como por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.
  • Todas las empresas.

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