Columna de Ricardo Escobar, Jorge Bofill y Cesar Ramos: “Ley de delitos económicos, ni tanto ni tan poco.”

"La nueva ley va en el camino correcto cuando busca establecer un sistema de penas y una metodología diferente para tratar este tipo de conductas. Dadas las características que tienen las personas involucradas, las categorías penales tradicionales (del sXIX) se quedan cortas cuando se trata de disuadir a este tipo de delincuentes."



En estos días se discute sobre la ley de delitos económicos recientemente aprobada por el Congreso, que está en proceso de control constitucional preventivo ante el Tribunal Constitucional.

Las 115 páginas del texto oficial han divido a los abogados, políticos y empresarios en dos cuarteles que en estos días cruzan fuertes opiniones a favor y en contra de la nueva ley.

En este escenario es conveniente tomar distancia y ver de qué trata esta legislación antes de poner tanto dramatismo en una disputa que puede no ser necesaria.

Con una técnica innovadora, esta ley busca que un conjunto de conductas lesivas para el mercado, para las relaciones comerciales de buena fe, para el cuidado del medio ambiente, entre otras, sean sancionadas con rigor y efectivamente. Se trata de los llamados delitos de cuello y corbata, ilícitos cometidos por personas que no son los antisociales que con pistola y un auto robado asaltan y luego arrancan con el botín a celebrar. No, son personas que normalmente no van a reincidir si son sorprendidos y juzgados, no vienen de una situación marginal, entienden la ley y generalmente con plena conciencia han tratado de burlarla. Son personas que suelen calcular con claridad el beneficio que significa trasgredir la ley en un lado, y la baja probabilidad de sufrir alguna consecuencia o castigo en el otro.

Por ello, la nueva ley va en el camino correcto cuando busca establecer un sistema de penas y una metodología diferente para tratar este tipo de conductas. Dadas las características que tienen las personas involucradas, las categorías penales tradicionales (del sXIX) se quedan cortas cuando se trata de disuadir a este tipo de delincuentes. Si el gerente de una empresa engaña a la autoridad ambiental con la información que presenta para la aprobación de un gran proyecto, o si una empresa soborna a un funcionario para conseguir un contrato, o más frecuente, si un socio mayoritario perjudica a sabiendas a sus socios menores, en cada caso causando daños millonarios y a veces irreparables, no parece razonable que el responsable quede indemne, porque tenía una irreprochable conducta anterior, o porque con unos millones de pesos trató de compensar lo que había hecho.

En Chile necesitamos que estas conductas terminen de una vez. Que quien las intente sepa que arriesga de verdad ir a la cárcel. Que quienes dirigen las empresas cambien la actitud de solo cumplir en la forma, de conseguir el timbre y mirar para otro lado.

Dicho lo cual, toda ley penal debe cumplir ciertos estándares. Hay principios básicos civilizatorios que no deben faltar.

Si la mitad de la ley tipifica conductas realizadas por una “empresa” o por quienes tienen cargos de poder en una “empresa”, tiene que estar claro qué significa esa palabra. ¿Un sindicato, una asociación gremial, una fundación son una empresa? En derecho laboral lo son ¿para el derecho penal lo serán también?

Los abogados conocemos litigantes temerarios. Personas que accionan en todos los foros posibles para extraer beneficios que de otro modo no les corresponderían, bien sea de parientes, clientes, proveedores o socios. La nueva ley puede ser el arma perfecta para este tipo de sujetos. Si amenazar con una denuncia o querella, sin mucho fundamento, por un lado, es gratis, pero por el otro expone al acusado a tener que pasar por el riesgo del proceso con el mayor rigor legal, con todo el costo económico, reputacional y humano que eso significa, o ceder al requerimiento injusto, la decisión no es fácil. La ley no debiera permitir el chantaje.

Del mismo modo que los buenos empresarios y ejecutivos debieran alegrase que esta nueva ley va a sacar del medio a empresas y ejecutivos socialmente nocivos, esos buenos empresarios no debieran sentirse amenazados o paralizados por la incertidumbre de no saber dónde está la línea de lo indebido. Necesitan poder tomar decisiones oportunas, correctas y con tranquila certeza.

La ley sobre delitos económicos debiera servir para eso. Antes requiere varios ajustes importantes, sí. Debiera ser eliminada, no.

* Los autores pertenecen a Bofill Escobar Silva Abogados.

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