Desacato ministerial

Punta pEUCO
El penal de Punta Peuco está ubicado en la comuna de Til Til. Foto: Archivo


La negativa del exministro de Justicia, Jaime Campos, a firmar el decreto que ordenaba el "cierre" de Punta Peuco, fue calificada por sectores de izquierda como un desacato, traición o inejecución de una orden presidencial. Curiosa opinión, cuando esos mismos aplaudieron cuando el entonces ministro Ricardo Lagos se negó a firmar el decreto del Presidente Frei que creaba dicho penal, y obligó a que se aprobara una ley especial (N° 19.368) que facultó a materializarlo.

Pero sobre todo, se trata de una calificación equivocada, porque el ministro Campos actuó con apego a la institucionalidad y en cumplimiento del rol que le encomienda la Constitución. Pues en Chile el Presidente no manda solo, sino que en conjunto con sus ministros. Conforme con la Carta Fundamental (art. 35), "los reglamentos y decretos del Presidente de la República deberán firmarse por el ministro respectivo y no serán obedecidos sin este esencial requisito". Así de clave es el concurso de un ministro en las determinaciones presidenciales; y fue por eso que la vocera saliente dijo que "no se pudo" concretar el traslado de los internos en dicha cárcel.

En un régimen presidencialista exacerbado como el chileno, los contrapesos al poder del primer mandatario son muy importantes y uno de ellos -muy desconocido- es el rol de los ministros: el Presidente no puede dar ninguna orden con efectos jurídicos, sin la aprobación del ministro encargado. Y es así porque en el hecho ellos son los responsables del acto que se ejecuta. En efecto, la misma Constitución (art. 36) dice que "los ministros serán responsables individualmente de los actos que firmaren y solidariamente de los que suscribieren o acordaren con los otros ministros". Es decir, ante cualquier ilegalidad o daño a las personas, son ellos los que responden con su patrimonio. Más aún, en la práctica son los únicos acusables constitucionalmente, porque para acusar al Presidente se requiere del voto de los dos tercios de los senadores en ejercicio, quórum que nunca se ha podido conseguir (ni siquiera contra Salvador Allende). En suma, ellos son los que arriesgan y, por lo mismo, los llamados "a parar" al Presidente cuando intenta algo indebido o ilegal. El mandatario podrá despedir al que se niega a firmar, pero entonces tiene que pagar el costo político de hacerlo.

¿Por qué no firmó el ministro Campos? Porque se trataba de un acto pequeño y odioso, que se consumaba en el momento final y que desconocía la voluntad popular a horas del traspaso del mando. Un acto que se fraguó en la oscuridad y jugó con la indefinición por meses, para provocar ansiedad y dolor en todos los involucrados. Y quizás, porque el ministro intuye que si hubo que aprobar una ley para abrir una cárcel, con un propósito específico, es discutible que se pueda destinar a otro fin sin que otra ley lo autorice. En síntesis, porque era un acto impropio y de dudosa legalidad. Al menos, en el gobierno anterior tuvimos un ministro de "justicia". Y merece que se le reconozca.

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