Infraestructura crítica y rol de las Fuerzas Armadas

Si bien parece necesario que las FF.AA. puedan desempeñar excepcionalmente un rol para reforzar el control de las fronteras, la asignación de un rol en el control del orden público en determinadas zonas requiere de mucha mayor precisión.



A pesar de que en el Senado la iniciativa de reforma constitucional sobre infraestructura crítica fue aprobada por amplia mayoría, en la Cámara de Diputados ha encontrado una serie de dificultades, particularmente respecto del rol de control de orden público que se le pretende otorgar a las Fuerzas Armadas en el marco de esta nueva facultad.

Mediante el proyecto de infraestructura crítica, se busca que el Presidente de la República pueda disponer del despliegue de tropas para custodiar determinadas instalaciones que son estratégicas para el país, en caso de peligro grave o inminente respecto de ésta, sin necesidad de dictar un estado de excepción, ni de restringir garantías constitucionales que dicho tipo de estado conlleva.

La reforma contiene una disposición en la que se establece que los jefes designados para el mando de las fuerzas tendrán la responsabilidad del resguardo del orden público. Adicionalmente, por la vía de indicaciones por parte del Ejecutivo se introdujo además que la atribución especial que se pretende conferir se podrá extender para el resguardo de áreas de las zonas fronterizas del país. Asimismo, se establece que respecto de las facultades que las Fuerzas Armadas tendrán en su rol fronterizo solo se podrá limitar al control de identidad y registro en las áreas de las zonas fronterizas delimitadas por el respectivo decreto supremo, así como la detención para el solo efecto de poner a las personas a disposición de las policías.

En la Comisión de Seguridad de la Cámara Baja, el comandante en jefe del Ejército expresó una serie de aprensiones respecto de esta reforma -en lo que también fue respaldado por las otras ramas castrenses-, sin perjuicio de dejar establecido que la institución acataría lo que en definitiva resuelva el Congreso. Entre otros puntos, la autoridad militar hizo ver que la Constitución “genera para las Fuerzas Armadas, para el Ejército en particular, unas tareas prioritarias que tienen que ver con la defensa, y justamente todas estas tareas que se derivan hacia el orden público están desvirtuando nuestra tarea y rol principal”.           En el día de ayer parlamentarios de oposición lograron aprobar en la Comisión una indicación supresiva en la cual se elimina la referencia al control del orden público, con lo cual el Ejecutivo expresó su total disconformidad, pues a su juicio con ello se desnaturalizaría el sentido de esta reforma. Asimismo, hubo una intensa discusión respecto de si los militares deberían gozar de algún tipo de excepcionalidad penal en el marco de estas funciones.

Parece evidente que ante el grave cuadro de inseguridad que se vive sobre todo en la zona norte del país, con una muy extensa frontera que está siendo vulnerada masivamente, donde se ha podido detectar el ingreso de personas con afanes delictuales, se hace necesario contar con este rol excepcional de las Fuerzas Armadas. En tal sentido, es complejo que en materia de infraestructura crítica se haya eliminado la referencia al orden público, pero se mantengan roles de esta naturaleza en la frontera. Lo coherente es que esta dimensión se considere en ambas situaciones, pero atendidas las aprensiones que se han hecho ver es necesario precisar mucho mejor las condiciones en que se ejercerá el orden público, tanto en los aspectos operativos como respecto del uso de la fuerza -un tema de alta sensibilidad-, capacitaciones para el desempeño de las labores y aspectos presupuestarios, entre otras dimensiones que no parecen bien abordadas en el proyecto.

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