Ley de delitos económicos



SEÑOR DIRECTOR:

La nueva Ley de Delitos Económicos cometidos por las empresas cuyas ventas anuales excedan las 25 mil UF y organizaciones sin fines de lucro, cualquiera sean ellas, a contar de septiembre de este año, no solo podrán ser sancionadas desde severas multas hasta su disolución, sino también con cárcel a sus propietarios, directores, ejecutivos, entre otros.

Sin embargo, esa misma ley empezó a regir en agosto del año pasado para personas naturales por hechos ocurridos desde esa fecha, eliminando entre otros, atenuantes de responsabilidad, lo que se traduce directamente en cárcel para sus autores.

No se afectarán con los delitos las empresas que hayan implementado el denominado Compliance, esto es, un Modelo de Prevención de Delitos, los protocolos y reglamentos del caso, cualquiera sea la especialidad de la empresa.

Realizado este trabajo, como decía una columnista, los directivos podrán “dormir tranquilos”.

Franco Brzovic G.

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