Los dos pilares de la propuesta de nuevo “bicameralismo asimétrico” que se negoció en la Convención

Constituyentes de la Comisión de Sistema Político en el hemiciclo del senado en el ex congreso Nacional.

El Consejo Territorial -entidad que reemplazará al Senado- no podrá bloquear un proyecto de ley impulsado por el Congreso Plurinacional, según las indicaciones acordadas por un grupo de convencionales de izquierda y centroizquierda en la Comisión de Sistema Político. En tanto, el Presidente de la República repartirá roles con un vicepresidente que preside el Consejo, y un ministro de gobierno.


El nombre ya dice mucho respecto del Consejo Territorial, que propone un grupo mayoritario de constituyentes de izquierda y centroizquierda para reemplazar al Senado.

Esa es solo una de las claves del acuerdo que se materializó la noche del lunes, entre convencionales independientes, de movimientos sociales, del Frente Amplio, de la DC, del PS, del PC y de Pueblo Originarios.

En el texto consensuado por 19 integrantes de la Comisión de Sistema Político, también se ratifica la figura de un vicepresidente de la República y se crea el ministro de gobierno (una suerte de primer ministro o jefe de gabinete que ya operaba de facto en el gobierno).

Fin del Senado y creación de un consejo que sólo ruge

Una de las exigencias de las negociaciones era que el Senado no podía seguir existiendo tal como lo conocemos hoy. Incluso, estaba claro que el nombre sería borrado.

En las conversaciones fueron desechadas alternativas como Asamblea Territorial o Cámara Territorial (como sugerían los socialistas) para denominar a lo que sería una segunda cámara legislativa.

Al plantear el concepto “consejo”, por definición ya se instalaba la idea de que pretendía ser un órgano consultivo o asesor, según admiten algunos negociadores que participaron del texto.

En otra señal importante, el Consejo Territorial ya no será parte del actual Congreso Nacional, que pasará a llamarse “Plurinacional” y que estará integrado solo por diputados y diputadas. Será una instancia separada, como lo es, por ejemplo, el Tribunal Constitucional o la Corte Suprema, que también opinan hoy en la tramitación legislativa.

Y, adicionalmente, se limitan sus atribuciones legislativas solo a temas de interés regional o presupuestario (solo “leyes de acuerdo regional”, según lo define el texto), a diferencia del Senado, que hoy tiene potestad para revisar toda iniciativa que despache la Cámara de Diputados.

Incluso, en la misma redacción de indicaciones queda explícito que en aquellas materias en las que puede intervenir tampoco puede bloquear un proyecto de ley impulsado por el Congreso Plurinacional.

“Las leyes de acuerdo regional deberán ser aprobadas por el Consejo Territorial en el más breve plazo desde que fueren recibidas”, dice el texto, lo que ya le pone una presión respecto de toda iniciativa que le despachen los diputados.

“De no entregar o negar su aprobación en el plazo establecido en la ley, se entenderá que el Consejo aprueba el proyecto y será remitido al Presidente para su aprobación. Este plazo no regirá en el caso de la tramitación de la ley de presupuesto anual”, agrega el texto, en una redacción que resulta difícil de comprender para algunos especialistas, como el politólogo y académico de la Universidad de Houston Eduardo Alemán.

Agrega que suele ocurrir que si una institución no se pronuncia en un plazo establecido, se da por automático el consentimiento (de hecho, existe esa disposición en la Constitución actual para nombramientos del Presidente).

Sin embargo, Alemán precisa que le parece sorprendente que por el mero acto de rechazar se considera aprobada una norma. “Es algo muy fuerte. O sea si el Consejo vota ‘no’, se da por aprobado. No puede parar algo que no le gusta. No sé si está mal escrito o es realmente así”, comenta.

En ese caso, la alternativa que le queda al Consejo Territorial es establecer enmiendas, que pasarían a ser analizadas por el Congreso Plurinacional.

Si hay discrepancias, se convoca a una Comisión Mixta “integrada por igual número de miembros del Congreso Plurinacional y del Consejo Territorial”.

Si esa Comisión Mixta se demora, se da por aprobado el texto original sin enmiendas. Si se llega a un acuerdo dentro de la Comisión Mixta, el texto pasa al Congreso Plurinacional para que resuelva si lo ratifica o no.

No es el único golpe al poder que hoy tenía el Senado. A diferencia de los senadores, que duran ocho años en su cargo, los consejeros territoriales solo tienen un mandato de cuatro años.

Consultado ayer en Mega el convencional y expresidente DC Fuad Chahin, quien fue uno de los negociadores y defensores del modelo bicameral, admitió que el Consejo Territorial es un león que ya no tendrá la misma dentadura del Senado, pero al menos ruge.

Será, al igual que el Congreso, un “órgano paritario y plurinacional”. Aunque no se define el número de miembros, sí se establece que deben ser mínimo tres por región, que se elegirán en conjunto con las autoridades municipales y regionales.

Dentro de la indicación se reincorpora la existencia de Asambleas Legislativas Regionales (que no lograron el quórum de 2/3 en el pleno la semana pasada), y se plantea que “las consejeras y consejeros territoriales son miembros de la Asamblea Regional, a la que, dentro de sus competencias, representarán en el Consejo Territorial”.

Nuevas autoridades que acompañarán al Presidente

El acuerdo establece también varias modificaciones a la figura presidencial. Ratifica la idea de un vicepresidente(a) de la República, que ya figuraba en la norma aprobada sobre régimen presidencial, pero crea un ministro(a) de gobierno. También ratifica que tanto el Presidente como el vicepresidente pueden ser reelegidos conjunta o separadamente y tendrán un período de cuatro años.

Ambos serán elegidos por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, y con una segunda vuelta si es que ello no ocurriera en la primera elección.

El Presidente puede nombrar y remover ministros, subsecretarios; convocar a referendos o plebiscitos.

El vicepresidente, entre otras funciones, preside y participa en las sesiones del Consejo Territorial, sin derecho a voto.

El acuerdo también plantea la obligación de que el gabinete sea paritario, esté orientado por el principio de plurinacionalidad y se reúna una vez a la semana.

Para su conformación, el Presidente ya no podrá disponer de algún parlamentario o parlamentaria. “Ninguna diputada o diputado, desde el momento de su elección y hasta seis meses después de terminar su cargo, puede ser nombrado para función, comisión o empleo público retribuidos con fondos fiscales o municipales”, dice el acuerdo.

A diferencia de lo que ya se había aprobado en la Comisión de Sistema Político, el acuerdo entre los convencionales de izquierda y centroizquierda de ésta establece la creación de un ministro o ministra de gobierno, que “será nombrado por el o la Presidenta de la República y es el encargado de conducir las gestiones legislativas del gobierno y de dirigir la ejecución de su programa de gobierno y legislativo”.

Esta autoridad -detalla el informe de indicaciones- “tendrá derecho a participar en la deliberación del Congreso Plurinacional con derecho a voz”.

Entre sus atribuciones, a esta figura le corresponde ejercer la coordinación política de los ministros; coordinar la relación política del gobierno con el Congreso Plurinacional y con el Consejo Territorial; presentar, con acuerdo del Presidente o Presidenta, un programa de gobierno y legislativo del gobierno al Congreso Plurinacional; nombrar uno o más ministros o ministras coordinadores en áreas específicas del gobierno para una mejor ejecución de los planes, políticas y programas, y rendir cuentas al Congreso Plurinacional sobre el avance del gobierno.

Esta nueva autoridad, en teoría, es de confianza del Presidente y no necesariamente del Congreso (algo propio de los regímenes semipresidenciales, parlamentaristas o semiparlamentaristas, que nombran o deben dar su beneplácito al primer ministro o al propio Presidente), y no quedó establecido en el acuerdo si éste se puede revocar de alguna forma.

Sin embargo, eso no impide que su nombre surja de un acuerdo entre el Presidente y el Parlamento, ya que su misión principal es ser un coordinador de las relaciones entre éste y La Moneda.

Entre los convencionales algunos hablan de un “triunvirato”, en que la Presidencia realiza las funciones generales de jefe de Estado y gobierno; una vicepresidencia, que se relaciona políticamente con el Consejo Territorial -que además preside-, y un ministerio de gobierno que vela por la coordinación legislativa e interministerial del Ejecutivo.

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