Se reactiva en el Congreso discusión de proyecto de matrimonio igualitario

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Foto referencial.

En la sesión se acordó pedir un informe para analizar cómo se establecerá en la legislación el concepto de “progenitores”.


La Comisión de Constitución del Senado inició este jueves el debate de las indicaciones presentadas al proyecto de matrimonio igualitario, ocasión en la que se acordó pedir un informe para analizar cómo se establecerá en la legislación el concepto de “progenitores”.

Se revisaron tres de las 25 indicaciones presentadas a la iniciativa. El foco estuvo en el debate particular del proyecto que modifica algunos cuerpos legales para regular en igualdad de condiciones el matrimonio de parejas del mismo sexo.

El mensaje ingresado en 2017 se encuentra en su primer trámite y fue aprobado en general en 2020, con 22 votos a favor, 16 en contra y una abstención. Desde entonces se abrió el plazo para presentar las indicaciones, las que llegaron a un total de 25 cambios propuestos.

Antes de la discusión de cada punto la comisión escuchó a representantes de la Fundación Iguales y del Movilh.

Como resolución de esta sesión se acordó solicitar un informe de legislación comparada a la Biblioteca del Congreso Nacional para estudiar cómo se ha tratado ese concepto en términos en las legislaciones de otros países.

Se planea invitar a profesores de derecho civil expertos en materia de familia.

Progenitores

En la sesión de este jueves se estudiaron las propuestas del senador Juan Ignacio Latorre (RD) quien sostuvo que “los progenitores son aquellas personas respecto de las cuales se ha determinado la relación de filiación, es decir su madre y su padre, sus dos madres o sus dos o padres. Si la filiación fue determinada por dos padres, se llamará copaternidad y en el caso que haya sido por dos madres, comaternidad”.

Asimismo, el senador planteó que “las leyes u otras disposiciones que hagan referencia a las experiencias padre y madre o bien, padre o madre u otras semejantes, se entenderán aplicables a todos los progenitores, sin distinción de sexo. En ningún caso esto podrá ser utilizado para restringir o limitar los derechos de los progenitores y sus hijos”.

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