33 fallidos aspirantes a la Convención en la mira del Servel: serían multados por omisiones en rendición de cuentas

(Foto: Agencia Uno)

Los postulantes a la Convención Constituyente debían presentar a la entidad una cuenta de ingresos y gastos que permitiera fiscalizar el cumplimiento del uso de las platas políticas. Un total de 33 excandidatos no mostraron el documento, por lo tanto, la entidad decidió abrir un proceso administrativo sancionatorio en el que arriesgan multas de más de $2 millones.


Una multa de hasta $2,3 millones podrían llegar a pagar una treintena de candidatos a la Convención Constituyente a quienes el Servicio Electoral les abrió procesos sancionatorios por “omisiones graves” en sus cuentas de ingresos y gastos electorales de los comicios del 15 y 16 de mayo.

Como en todas las elecciones, los postulantes -y su respectivo administrador electoral- deben acompañar, 30 días después de efectuados los comicios, deben rendir los dineros “directamente recibidos y efectuados” durante su campaña.

Lo anterior está regulado en la ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, que determina que es el Servel quien revisa si la información es correcta y le corresponde rechazar las cuentas en caso de que “no se ajustare a los documentos y comprobantes acompañados o contuviere errores u omisiones graves”.

De acuerdo a una respuesta por Transparencia que La Tercera hizo al organismo, el Servel determinó rechazar un total de 33 cuentas de ingresos y gastos debido a que los candidatos no presentaron la cuenta propiamente tal.

Si bien los comicios fueron en mayo, las resoluciones son inéditas, pues el Servel además del plazo de 30 días terminados los comicios tiene otros 45 días adicionales para pronunciarse, quedando pendientes las resoluciones de las aceptaciones o rechazos de las cuentas de las otras elecciones.

Candidatos de pueblos originarios e independientes

Según el desglose de la información otorgada por el Servel, los rechazos fueron en su mayoría de postulantes con escaño reservado de los pueblos originarios e independientes. De hecho, 12 candidaturas de representantes del mundo indígena tuvieron rechazos en sus cuentas, entre ellos, postulantes del pueblo Mapuche, Aymara, Colla, Kawéskar y Diaguita.

Asimismo, también hubo rechazos a 12 candidatos independientes: Nicole Gallardo ( de la lista Cabildo Autoconvocado), Eliam Chávez (Decisión Ciudadana), José Jara (Asamblea Popular por la Dignidad) y Esteban Chávez (Energía Independiente), entre otros.

En los partidos políticos también hubo rechazos: Tres corresponden a RN (Gabriela Casanueva, candidata por Punta Arenas, Carol Espinaza por Puente Alto/La Florida y Héctor Milla por Arica); y dos en el PPD (Katherina Hidalgo por La Araucanía y Estefany Tisi de Arauco). Además hubo un rechazo en la DC (Jannette Salgado de Aysén); uno en el PC (María Delgado de Puerto Montt); uno de la UDI (Katherine Medel por Maipú/Pudahuel); y uno en el FRVS (Ericka de Lourdes de Temuco).

Fuentes conocedoras del funcionamiento interno de la administración electoral atribuyen los rechazos a la falta de experiencia en campañas, algo que -precisan- se reflejaba en que por primera vez en una elección habían cupos reservados para el pueblo indígena.

Sin embargo, el profesor de derecho en la U. de Chile y la USS, Jorge Barrera, advierte la importancia de rendir las cuentas. “Muchas veces los ex candidatos no toman en cuenta la gravedad de las sanciones, las que consisten en multas de grandes sumas de dinero. He sido testigo de casos en donde la Tesorería General de la República derechamente ha embargado propiedades no solo del candidato, sino que también del administrador electoral pues este es solidariamente responsable”, dice, agregando que, en algunos casos, las multas son mayores.

“Lo anterior, simplemente por desentenderse de la presentación adecuada de su cuenta de ingresos y gastos electorales ante el Servel”, añade, en relación a que muchos candidatos una vez que pierden dejan todo de lado.

Fiscalizar los gastos

De acuerdo a lo que se lee en las resoluciones de rechazo, no entregar las cuentas “impidió llevar a cabo el procedimiento de comprobación de la contabilidad electoral que corresponde efectuar a la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, constituyendo así una omisión grave”.

El profesor de derecho administrativo y electoral de la UNAB y la UCEN, Gabriel Osorio, dice que “la cuenta permite al Servicio fiscalizar cada gasto, y si efectivamente el dinero fue gastado en lo que la ley autoriza”. Esto último resulta clave a favor de la transparencia, ya que al no rendir las cuentas no se puede saber en qué se gastó durante la campaña.

Por lo mismo, la resolución indica que se dispongan “la remisión de los antecedentes a la Unidad de Procedimientos Administrativos Sancionatorios de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, para la determinación de las responsabilidades y sanciones que procedan por infracción a la Ley N° 19.884″.

Los expertos electorales detallan que para las sanciones se aplica lo incluido en el artículo 44 de la ley 19.884, respecto de que el incumplimiento de presentar una cuenta de ingresos se sancionará con multas entre 31 UTM ($1.638.102) a 45 UTM ($2.377.890) para el caso de la elección de diputados. Osorio agrega que el artículo 131 de la Constitución Política “establece que las normas aplicables a los diputados contenidas en la ley N° 19.884 serán aplicables a quienes hayan postulado a Convencional Constituyente”. La misma multa podría recaer en el administrador del candidato.

Y si bien los candidatos pueden apelar ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), la situación contrasta con otros cientos de candidatos cuyas cuentas fueron aprobadas por el Servel. Para esos casos, la entidad autorizó mediante resoluciones la devolución fiscal del gasto.

De todas maneras, en los procesos administrativos sancionatorios abiertos los afectados pueden usar su derecho a réplica.

“Lo que está haciendo el servicio es seguir el procedimiento para sancionar a esos candidatos, pero respetando su derecho a defensa, pudiendo éstos presentar en ese procedimiento sus descargos y pruebas”, dice Osorio, mientras que Barrera añade que “en rigor aún no se aplica ninguna sanción. Lo que ha hecho correctamente el Servel es enviar los antecedentes a su unidad de procedimientos sancionatorios a fin de iniciar un procedimiento administrativo contra los candidatos y sus administradores electorales”.

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