Caso Hermosilla: alto ejecutivo del SII recurre a la justicia y acusa a la Fiscalía de haber sido tratado como imputado luego de ser citado como testigo

Fachada Servicio de Impuestos Internos SII Foto: Andrés Pérez

A un mes de estallar el escándalo que remece al mundo judicial y económico, tras la filtración de un audio en que los abogados Luis Hermosilla, Leonarda Villalobos y el empresario Daniel Sauer hablaban sobre presunto pago de coimas en la CMF y el SII, se acerca la primera audiencia pública. Y es que el jefe de gabinete del ex director de grandes contribuyentes decidió presentar una cautela de garantía en contra del Ministerio Público tras haber sido vulnerados, a su juicio, sus derechos. Esto último ya que tras ser interrogado se le solicitó entregar su celular y abrir sus cuentas bancarias, diligencias que se realizan respecto a personas que tienen calidad de imputado. Su defensa pide a los tribunales intervenir y que el ente perseguidor se aclare: ¿Es testigo o está siendo investigado por un delito?.


Cuando un ciudadano es citado a declarar ante la policía o la Fiscalía tiene derechos. El más básico es saber en qué calidad será interrogado: imputado o testigo. La distinción es vital. porque en la primera condición puede ser asistido por un abogado e, incluso, guardar silencio. En la segunda, es decir como testigo, no existe la posibilidad de negarse a entregar su versión de un hecho que es blanco de una investigación penal y debe hacerlo en absoluta soledad ante los investigadores, sin asesoría legal. Este tema entró al ruedo en el denominado “caso Hermosilla” luego que un alto ejecutivo del SII denunciara ante la justicia que el Ministerio Público no respetó sus garantías fundamentales y de cierta forma “lo engañó” cuando asistió a colaborar en la mencionada indagatoria.

En un escrito de cuatro carillas, al que tuvo acceso La Tercera, el defensor Felipe Moraga solicitó al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago que cite a una audiencia en el menor plazo posible ya que su cliente Luciano Inarejo Muñoz habría sido víctima de una ilegalidad por parte de quienes llevan adelante las diligencias de esta causa en que se indagan presunto pago de coimas a personal del SII y la CMF develado en un audio dado a conocer por Ciper y en el que los abogados Luis Hermosilla, Leonarda Villalobos y el empresario Daniel Sauer hablan de supuestos sobornos que le permitieron al dueño de Factop un “perdonazo” de impuestos.

La denuncia da cuenta de que Inarejo quien era el jefe de gabinete de Christián Soto, exjefe de Grandes Contribuyentes que fue removido de su caso por “pérdida de confianza” en medio del caso, fue citado el 21 de noviembre a declarar y pese a que lo hizo como testigo, el Ministerio Público dirigió pesquisas en su contra que son afines a un imputado.

El traslado a Fiscalía

“Mi representado es funcionario del Servicio de Impuestos Internos, desempeñándose como Jefe de Gabinete del Director de Grandes Contribuyentes don Christián Soto Torres. El día 21 de noviembre del año en curso se presentan funcionarios de OS7 de Carabineros en el domicilio laboral de mi representado señalándole que debe concurrir, acompañado de ellos, hasta la Fiscalía de Las Condes a prestar declaración en calidad de testigo. Es conducido en un vehículo civil de Carabineros conjuntamente con los funcionarios”, se lee en el escrito.

A eso, dice el abogado, se suma que “una vez en la Fiscalía de las Condes se le toma una extensa declaración en una supuesta calidad de testigo, sin lectura de derechos, sin abogado y preguntado sobre hechos propios y ajenos. Al culminar su declaración se le indica si acepta hacer entrega voluntaria de su aparato celular y además si accede voluntariamente al levantamiento del secreto bancario. A todas estas solicitudes mi representado accede”.

El abogado Felipe Moraga.

A juicio de Moraga, entonces, el Ministerio Público está investigando penalmente a su cliente. “Como podrá verse en la especie el tratamiento dado a don Luciano Inarejo es más bien de imputado que de testigo toda vez que se han realizado medidas investigativas que afectan o podrían conculcar sus derechos sin mediar aviso al deponente. A mayor abundamiento esta indeterminación en la calidad de mi representado no permite apersonarse en la Fiscalía, ignorándose por esta parte el RIT de la causa, no permitiendo el sistema de la Fiscalía poder acreditarse ni siquiera pudiendo esta parte pedir la devolución del aparato tecnológico incautado, ni permitiendo realizar ninguna petición”.

Consultado al respecto, el abogado Moraga explicó que se busca “determinar con precisión la calidad que ostenta un persona en un proceso penal, es demasiado importante, toda vez que es muy necesario que desde los primeros actos del procedimiento se sepa con claridad, cuáles son los derechos y obligaciones que tiene la persona, en este caso, la situación jurídica de un imputado, víctima o testigo, es muy diversa, por tanto, el Ministerio Público, desde la primera actuación del procedimiento, tiene que aclararlo para así evitar futuras nulidades y vicios del procedimiento”.

Finalmente afirmó que “esta cautela de garantía tiene por objeto que el Ministerio Público aclare esta situación y quede totalmente establecida la situación procesal del testigo Luciano Inarejo, en su calidad de jefe de gabinete del Servicio de Impuestos Internos de Grandes Contribuyentes”.

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