Citan caso de Martín Pradenas: los fallidos intentos de Penta para que se sancione supuesta parcialidad de jueza por dichos en redes sociales

Propietarios del holding Penta llegan al Centro de Justicia

A través de un incidente de recusación en la Corte de Apelaciones de Santiago y luego por medio de un recurso de queja ante la Suprema, el abogado Julián López intentó infructuosamente que se sancionara a la jueza que encabeza la preparación del juicio oral en la arista soborno. Como determinó el tribunal de alzada, los dichos de la magistrada en su cuenta de Facebook no eran suficientes para probar su supuesta “predisposición negativa” ante la causa.


El denominado Caso Penta vuelve a hacer noticia. Esta vez, a propósito de la preparación del juicio oral de la arista vinculada a la responsabilidad penal por el delito de soborno de Empresas Penta S.A. e Inversiones Penta III Ltda. Y es que en medio de las audiencias, el abogado que representa a ambas firmas, el penalista Julián López, ha intentado sin éxito que se sancione a la jueza del 8° Juzgado de Garantía de Santiago que dirige las mismas: Estefanía Alejandra Asenjo Arellano.

¿La razón? De acuerdo con lo expuesto por el profesional en medio de un incidente de recusación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, porque la aludida magistrada habría emitido comentarios en redes sociales que ponen en duda su “imparcialidad”.

“Si nada cambia, si todo sigue igual y seguimos siendo abusados por este sistema de mierda será gracias a todos quienes han avalado al poderoso. Gracias a que no fueron capaces de alzar su voz y fueron tan buenos hijos de la dictadura y de nuestra falsa institucionalidad y democracia, que compraron el cuento que para salir adelante hay que ‘trabajar en vez de andar perdiendo el tiempo manifestándose’. Lo más triste de todo es que, si nada cambia, nuestros pobres seguirán pisoteados, muriendo en hospitales de mierda, con una educación de mierda y con exigencias sobre humanas porque si usted trabaja todo el día para recibir 300 lucas, no ve a sus hijos, demora dos horas en llegar a su casa, lo mínimo es que críe hijos educados, trabajadores, que no se metan en drogas ni en delincuencia, ya que si lo hacen, el rigor de la ley caerá sobre ellos y estarán donde deben estar, en la cárcel, presos, por sólo echar a perder esta sociedad tan perfecta que muchos no ven más que desde sus sofás en el barrio Alto, hablando con tanta propiedad de lo que el pueblo necesita. Me duele mucho la ceguera y la indolencia de mis compatriotas”

Escribió Asenjo Arellano en su cuenta de Facebook, en octubre de 2019.

López hizo presente, en ese sentido, que si bien la publicación es desde hace algunos años, esta estuvo disponible hasta el pasado lunes 7 de agosto, o sea cuando ya se había iniciado la preparación del juicio oral. No se cuestiona la libertad que tendría para hacer esos planteamientos, dicen, pero sí reprochan: “Que una persona que tenga esta opinión y la profese públicamente con tanta intensidad esté legalmente habilitada para desempeñarse como jueza imparcial en el Caso Penta”.

Las palabras de la magistrada, como expuso el abogado, denotan la “predisposición negativa” que podría tener a la hora de pronunciarse y, por lo mismo, citan el análisis que realizó la Corte Suprema a la hora de resolver sobre el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Martín Pradenas. En ese caso, el máximo tribunal acogió lo expuesto por los abogados dado que uno de los jueces del tribunal tenía comentarios en sus redes en contra del imputado.

En los mismos términos, López hizo presente que “la falta de imparcialidad subjetiva se manifiesta en este caso porque, en la medida en que la publicación de la magistrada Asenjo critica la indolencia de sus compatriotas que no actúan frente ‘al poderoso’, de ella puede inferirse que, puesta en situación de juzgar a personas a quienes se les atribuye ese carácter, la jueza no estaría dispuesta a proceder con la misma indolencia, sino a actuar de manera decidida contra ellos”.

“Es difícil asumir que, en tales circunstancias, la magistrada Asenjo aceptaría que los poderosos resultaran favorecidos por la institucionalidad de la que el Poder Judicial forma parte, en la medida en que se califica a dicha institucionalidad como ‘falsa’”, recalcó.

LosCarlosWEB penta

Pese a la serie de argumentos, el tribunal de alzada no le dio la razón y desechó el incidente. Se estimó que la publicación en cuestión “es a todas luces insuficiente para configurar la inhabilidad alegada, toda vez que esta solo dice relación con una opinión vertida en una red social de la que no se puede desprender ningún elemento que permita vincularla con el caso en comento o con la situación en particular de la defensa del incidentista, ni menos con una animadversión en su contra, máxime si la misma fue hecha con antelación al inicio de la preparación del juicio oral que incide en el presente arbitrio”.

A la Suprema

No conformes con lo resulto por la Corte, la defensa de Penta quiso ir más allá y recurrió de queja ante la Corte Suprema “por las graves faltas y abusos cometidos (por los ministros del tribunal de alzada) en el pronunciamiento de la sentencia”. Se alegó, puntualmente, en contra de Paola Hasbún, Manuel Rodríguez y Soledad del Carmen Orellana.

A juicio del penalista, se infringió “la tramitación legal de la solicitud al omitir la declaración de admisibilidad y pronunciándose derechamente sobre el fondo, declarando, contra el mérito de los antecedentes, que la solicitud era extemporánea e insuficiente para dar por establecida la causal de recusación invocada, privando con ello a mis representadas de su derecho a un juez imparcial”.

Con todo, nuevamente la defensa sufrió un revés, ya que el máximo tribunal desechó de plena lo expuesto y declaró inadmisible el citado recurso.

Y de paso, la Segunda Sala recordó en su resolución: “El recurso de queja procede contra las sentencias interlocutorias, cuando ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, o contra las sentencias definitivas, siempre que unas y otras no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario”.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.