Los dispares fallos de las cortes sobre la fuerza policial: en Talca ordenan extremar recursos y en Valparaíso prohíben balines

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Desde que comenzaron las protestas en el país, se han presentado ante los tribunales recursos de protección y de amparo para que estos se pronuncien respecto al uso de la fuerza de la policía. En el caso de Talca, la corte ordenó "extremar los recursos" policiales para mantener el orden. En cambio, las cortes de Antofagasta, Valparaíso, La Serena y Concepción han limitado el uso de balines y bombas lacrimógenes, sobre todo cuando se trate de protestas pacíficas.


"Se acoge el recurso de amparo interpuesto por don Robert Morrison Munro en contra de Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile, en cuanto se dispone que los recurridos deberán extremar los recursos para resguardar el orden público y prevenir situaciones como las denunciadas, dentro de sus respectivas competencias". Esta es la última frase del fallo resuelto el 26 de noviembre -de forma unánime- por la Corte de Apelaciones de Talca a favor de un abogado que denunció haber sido víctima de manifestantes en la ciudad.

El jurista expuso al tribunal dos situaciones puntuales. Una, dijo, que fue el "10 de noviembre de 2019, a las 21.00, se dirigía en su vehículo por calle 2 Sur hacia el oriente y, a la altura de 11 Oriente, fue detenido por un grupo de personas que mantenían fuego en la calle, tipo barricada, ordenándole entre insultos que se bajara, tratándolos de convencer, pero como la tensión subía aceleró y pasó por sobre el fuego, debiéndose apartar las personas, cuya identidad desconoce, algunos de ellos embozados". Luego, señaló que el "11 de noviembre, cuando se dirigía a su oficina, se enfrentó a similar situación alrededor de las 12.30, en calle 1 Norte esquina 1 Oriente de Talca".

Indicó que en ambos casos lo insultaron y atacaron con piedras, "que afortunadamente no causaron daño, quedando bastante nervioso". Por esto, pidió al tribunal que se declare que las barricadas y detenciones obligadas "son inconstitucionales y perturban las garantías de libertad personal".

El tribunal de alzada resolvió que "las situaciones que afectaron la libertad de desplazamiento y que pusieron en peligro a su integridad física y psíquica del recurrente no tienen como causa directa el actuar de los recurridos, ya sea por acción u omisión". Y determinó que "es un hecho cierto que los hechos que afectaron al recurrente, constituyen una vulneración a su libertad de desplazamiento y a su integridad física y psíquica", lo que "considera prudente ejercer las facultades que le confiere el inciso final del artículo 21 de la Carta Fundamental, a fin de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado en los términos que se dirá en la resolutiva".

Esta resolución, que refuerza las facultades de Carabineros para mantener el orden público, difiere de otros fallos que han resuelto cortes de Apelaciones de otras regiones del país, como es el caso del tribunal de alzada de Valparaíso. Esta instancia determinó ayer, 27 de noviembre, acoger recurso de protección presentado por la Municipalidad de Valaparaíso y prohibir uso de balines a todo evento y sustancias tóxicas en manifestaciones pacíficas.

"Se prohíbe la utilización de armamento, como balines de goma y perdigones, en cualquier tipo de manifestación (…). En relación al uso de sustancias químicas tóxicas, como elementos disuasivos, igualmente se prohíbe su utilización en manifestaciones que no tengan el carácter de violentas", consigna la resolución.

El dictamen fue dado a conocer pocas horas después de que el intendente regional, Jorge Martínez, solicitara a Sharp el retiro del recurso. "¿Con qué quiere que defienda Carabineros a Valparaíso? ¿Con dos carros lanzaagua, con Carabineros combatiendo cuerpo a cuerpo y arriesgando su vida?", cuestionó.

Al respecto, el alcalde explicó que interpusieron el recurso "para proteger a aquellos que se manifiestan pacíficamente. Un manifestante no es un saqueador (…) no tiene nada que ver con aquellos que están cometiendo delitos".

En tanto, hay otros casos en que distintas cortes del país han resuelto prohibir el uso de balines y limitar el lanzamiento de gases lacrimógenos por parte de Carabineros.

La primera de estas resoluciones ocurrió el 12 de noviembre en Antofagasta, cuando el tribunal de alzada de esa región acogió una orden de no innovar de un recurso de protección. En esa ocasión, la corte prohibió el uso de armas letales y balines contra personas que protesten pacíficamente.

Luego, el 14 de noviembre, una resolución similar emanó desde la Corte de Apelaciones de Concepción, también prohibiendo el uso de gases y limitando el disparo de balines.

Cuatro días después, la Corte de La Serena, acogió un recuso de protección de la Superintendencia de Bomberos de la ciudad, quienes acusaron haber sido objeto de lanzamiento de gases hacia el Cuartel General de La Serena. De acuerdo a la resolución, "se ordena a Carabineros abstenerse de utilizar armas letales como, asimismo, escopetas lanzadoras de balines o perdigones, o bien la utilización de gases tóxicos, respecto de Bomberos de La Serena, en especial respecto del Cuartel General ubicado en la intersección de las calles Avenida Francisco de Aguirre con Avenida Balmaceda, así como respecto de los integrantes de dicho cuerpo".

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