$ 8 millones: esas son las multas laborales cursadas a las empresas involucradas en caída de helicóptero que dejó seis muertos

Accidente Colliguay
Las diligencias tras el accidente. Foto: Agencia Uno.

El incidente ocurrió a fines de marzo pasado y la Dirección del Trabajo constató varias irregularidades en las dos firmas involucradas. La investigación principal respecto de las responsabilidades está en manos de la fiscalía y la DGAC.


El lunes 25 de marzo, a las 9.45 horas, un helicóptero se desplomó en el sector de Colliguay, Región de Valparaíso, provocando la muerte de los seis trabajadores que transportaba.

Dada la cantidad de personas fallecidas, el accidente se convirtió en la peor tragedia aérea de los últimos años, según registros de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

Además de la fiscalía, rescatistas y policías, al lugar del incidente también llegó la Dirección del Trabajo, instruyendo una investigación para "determinar las posibles causas que originaron el accidente y, con ello, verificar que el empleador cumple con todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores".

Así consta en el informe de fiscalización N°233, al cual accedió La Tercera vía Transparencia.

https://www.latercera.com/nacional/noticia/accidente-colliguay-la-peor-tragedia-aerea-7-anos/586516/

El documento concluye que la empresa Ecocopter, dueña del helicóptero y empleadora de dos de los trabajadores fallecidos (piloto y mecánico) incurrió en dos infracciones: "No llevar (…) un registro de asistencia del personal" y "no declarar oportunamente las cotizaciones previsionales". Por ambos hechos, el servicio le cursó una multa de 46 UTM, equivalentes a $2.224.238.

Además, la Dirección multó a la Empresa de Servicios de Seguridad Alicia Ibacache Urrutia E.I.R.L, empleadora de los otros cuatro trabajadores (abocados a labores de seguridad) por 117 UTM, esto es, $ 5.657.301.

Infracciones

El servicio detectó que la empresa de seguridad cometió siete infracciones, entre las cuales destaca "no escriturar contrato de trabajo", "no informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo el accidente fatal" -calificado como incumplimiento grave- ni "denunciar al organismo administrador en un plazo no superior a 24 horas del accidente fatal ocurrido".

Otro informe de fiscalización, el N°270, solicitado también vía Transparencia, señala que "las causas del accidente están siendo investigadas por la DGAC, quienes se apersonaron en el lugar y señalaron que existen al menos tres posibilidades de ocurrencia: falla humana, falla del componente mecánico de la aeronave o por las condiciones meteorológicas en el momento de las maniobras".

Los informes de fiscalización igualmente indican que las empresas Interchile -titular del proyecto de transmisión eléctrica Cardones Polpaico- y Sociedad Eléctrica Medellín -contratista a cargo de las instalaciones- no registraron infracciones.

Prevención

En relación a este caso, Daniela Marzi, doctora en Derecho Laboral y académica de la Universidad de Valparaíso, dijo a La Tercera que "no hay una política nacional de higiene y seguridad bien diseñada. Acá la Dirección del Trabajo actúa de forma reactiva y como pariente pobre, al compartir competencias con otros organismos. Si bien había fiscalizado y multado, no logra abordar lo más relevante, que es la seguridad de los trabajadores".

Para la experta, el accidente en Colliguay "demuestra que hay una falta de una política preventiva", considerando que "la Dirección del Trabajo, entre 1999 y 2004, tuvo una política de fiscalizaciones programadas, con controles preventivos, que desaparece con la salida de la directora, María Ester Fredes, porque las empresas habrían criticado muchísimo. El lobby empresarial fue súper fuerte".

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