Actuó fuera de sus competencias al contratar a afamado artista: declaran ajustado a derecho despido de rector de Uach

óscar Galindo
El exrector Óscar Galindo.

“Se rechaza íntegramente la denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido entablada por Óscar Alejandro Galindo Villarroel en contra de la Universidad Austral de Chile, junto a todas las medidas, sanciones, reparaciones e indemnizaciones que derivan o emanan de esta acción, inclusive la compensación del daño moral”, indicó la Corte de Apelaciones de Valdivia.


En enero de 2021 Óscar Galindo renunció a su puesto de rector de la Universidad Austral de Chile (Uach).

La trama tras esa salida tiene varios episodios, que involucran el posterior despido del académico y un antecedente previo que fue clave: la contratación del afamado artista plástico chileno Mario Irarrázaval como “experto en arte” en la Dirección de Museología de la casa de estudios privada.

Este viernes, se conoció que Corte de Apelaciones de Valdivia anuló de oficio una sentencia que acogió parcialmente la demanda de tutela laboral interpuesta por Galindo y, en sentencia de reemplazo, declaró ajustado a derechos su despido.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Rodrigo Carvajal Schnettler, Marcia Undurraga y María Elena Llanos– acogió la acción, al estimar que las causales del despido de Galindo, invocadas por la casa de estudios se ajustan a derecho, al haber actuado la exautoridad fuera de sus competencias al contratar al escultor.

El creador de la Mano del Desierto y la Mano de Punta del Este coordinó con la universidad la entrega en comodato de cerca de doscientas obras para un ambicioso proyecto de creación de un museo en un recinto cerrado de mil metros cuadrados y un sector aledaño al aire libre en Isla Teja. El proyecto “Museo Humano” albergaría una colección de esculturas por un periodo de 30 años en el campus universitario.

“Actuó fuera de sus competencias al contratar bajo subordinación y dependencia al escultor señor Irarrázabal Covarrubias, tanto por no contar con la aprobación del directorio de la casa de estudios superiores referida, como por tratarse de un gasto que no estaba financieramente contemplado en el presupuesto de 2019 y sucesivas anualidades”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que “ejerciendo la máxima autoridad de que se encontraba investido y la representación legal de la Corporación, el actor señor Galindo se apartó de los límites previstos para su gestión, contrariando, además, el propósito de las actuaciones que debía ejecutar según lo ordenado por el Directorio, tanto al investir al artista mencionado de la calidad de trabajador dependiente de la Universidad en calidad de experto en artes a la Dirección de Museología, ligándolo a esta por un vínculo indefinido”.

“Las circunstancias reseñadas comportan una infracción a los deberes contractuales del actor en materia de dirección, de carácter grave, no solo al desconocer, sino que al contrariar frontalmente la decisión de un cuerpo colegiado de gobierno de la universidad”, expuso el tribunal de alzada, indicando que fue justificado el despido del demandante a la luz de esos datos.

La sentencia de reemplazo indica que “se rechaza íntegramente la denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido entablada por Óscar Alejandro Galindo Villarroel en contra de la Universidad Austral de Chile, junto a todas las medidas, sanciones, reparaciones e indemnizaciones que derivan o emanan de esta acción, inclusive la compensación del daño moral”.

Además señala que “se rechaza la demanda por despido injustificado entablada con carácter subsidiario, inclusive la acción resarcitoria por daño moral” y “se rechazan todas las restantes prestaciones reclamadas en la demandada por vía principal y subsidiaria, salvo la compensación de feriado legal y proporcional por un lapso de 53 días correspondiente a un monto de $7.196.748″.

En enero de este año el Juzgado de Letras de Valdivia había ordenado a la Universidad Austral pagar una indemnización de 84 millones en favor del académico.

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